(16/07/16 - El Salvador)-.La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador decidió suspender por ahora su decisión sobre la extradición a España de 18 militares reclamados por haber asesinado en 1989 a seis jesuitas y a dos empleadas administrativas de la UCA, tras el fallo de la Sala Constitucional que anuló la Ley de Amnistía aprobada con los acuerdos de paz de 1992 que cerraron el conflicto interno iniciado en 1980.
"Esta decisión (de extraditar o no a los militares a España) estaba en agenda pero ante el fallo de la Sala Constitucional hizo que se sacara de agenda y quedara congelada", apuntó el magistrado de ese tribunal Leonardo Martínez.
Por su parte, Benjamín Cuéllar, del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (Universidad Centro Americana), apuntó que si los militares responsables del asesinato de los sacerdotes, entre ellos el ex ministro de Defensa Humberto Larios y dos ex viceministros, Inocente Montano (preso en los Estados Unidos y en proceso de ser extraditado a España) y Juan Orlando Zepeda, "no son extraditados, se abre la posibilidad de que sean juzgados en El Salvador".
Esta última posibilidad sumó otro eventual conflicto a la polémica que generó la anulación de la amnistía, en que militares, políticos y ex guerrilleros del Frente Farabundo Martí para la Liberaación Nacional (FMLN), hoy en el gobierno, cuestionaron las consecuencias de esa decisión judicial.
El 16 de noviembre de 1989, un batallón de élite del Ejército salvadoreño penetró en las instalaciones de la UCA, regentada por la Compañía de Jesús, y asesinó a sangre fría a seis jesuitas, cinco de ellos de origen español, entre ellos el destacado teólogo Ignacio Ellacuría, así como a dos empleadas administrativas.
La sentencia de la Sala de lo Constitucional indica expresamente que la amnistía es "contraria al derecho de acceso a la Justicia, a la tutela judicial o protección de los derechos fundamentales, y al derecho a la reparación integral de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario".
En otra de sus partes indica que la amnistía de 1993 violó lo establecido en los acuerdos de paz que pusieron fin al conflicto armado, al impedir juzgar los crímenes de lesa humanidad, como el asesinato del arzobispo Oscar Romero y la matanza de los jesuitas.
De acuerdo con las convenciones internacionales, los delitos de lesa humanidad son no amnistiables e imprescriptibles. Por lo tanto, anulada la ley de amnistía, será posible abrir los casos como el asesinato del ahora beato Oscar Romero, el asesinato de cuatro monjas estadounidenses y las masacres campesinas, entre otros delitos de lesa humanidad.
El conflicto salvadoreño terminó el 16 de enero de 1992, y dejó 75.000 muertos, 8 mil desaparecidos y un millón de refugiados.
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