(02/04/17 - Venezuela)-.La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suprimió este sábado 1 de abril las polémicas sentencias 155 y 156 que tratan sobre la la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Asamblea Nacional.
En el portal del TSJ en la sentencia Número 157, N° expediente 17-0323, se detalló: “Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo”.
Mientras que en la sentencia Número 158 se explicó: “Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime”.
El Consejo de Defensa exhortó al TSJ a revisar sentencias 155 y 156
El Consejo de Defensa de la Nación, convocado la noche de este viernes, acordó exhortar al Tribunal Supremo de Justicia a que revise las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional, según las cuales el Poder Judicial asume las atribuciones de la Asamblea Nacional.
En un comunicado leído por el vicepresidente Tareck El Aissami se ratificó a la Sala Constitucional como la única “instancia competente para el control de la constitucionalidad”.
Asimismo, el Consejo de Defensa destacó “los loables esfuerzos” del presidente Nicolás Maduro para la resolución de las diferencias entre Poderes Públicos.
Maduro aseguró que las diferencias entre el Ministerio Público y el TSJ ya fueron dirimidas “demostrando las capacidades de diálogo” de los Poderes Públicos.
El Consejo de Defensa nació con el propósito de solventar “lo más rápido posible” el impase que surgió entre el Ministerio Público y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a raíz de las sentencias que este último emitió contra la Asamblea Nacional.
“Venezuela está siendo objeto de un ‘linchamiento’ político, comunicacional y diplomático. De un acoso brutal de fuerzas muy oscuras que quieren ponerle las garras a nuestra patria”, manifestó más temprano el mandatario durante la activación de la instancia, contemplada en el artículo 323 de la Constitución.
A continuación el texto íntegro:
Comunicado
El Consejo de Defensa de la Nación, debidamente convocado y presidido el día de hoy por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, en su condición de jefe de Estado, conforme al mandato y las atribuciones que le confiere el artículo 323 de la Constitución y la Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación, en ocasión de la controversia surgida por la Fiscalía General de la República y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha decidido:
1. Ratificar que el Máximo Tribunal de la República en su Sala Constitucional es la sala competente para el control de la constitucionalidad de los actos emanados de cualquier órgano del Poder Público Nacional que colinden con la Carta Magna, así como la resolución de los conflictos entre poderes.
2. Exhortar al Tribunal Supremo de Justicia a revisar las decisiones 155 y 156 con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.
3. Reiterar que los desequilibrios y conflictos entra las distintas ramas del Poder Público Nacional se encausan mediante los mecanismos de control constitucional y la colaboración entre los poderes, los cuales son expresión del dinamismo y la pluralidad de los estados constitucionales y democráticos.
4. Destacar los loables esfuerzos del Presidente de la República como jefe de Estado, en la búsqueda de soluciones para resolver, dentro del marco constitucional y mediante el diálogo constructivo, los conflictos entre los órganos del Poder Público Nacional en atención a la independencia, la división y la autonomía de sus distintas ramas.
5. Insistir en nuestra disposición al diálogo fecundo y exhortar a la oposición venezolana a incorporarse sin demora al diálogo nacional promovido por el jefe de Estado y acompañado por Unasur, el Papa Francisco y los expresidentes Martín Torrijos, Leonel Fernández y José Luis Rodríguez Zapatero.
6. Repudiar categóricamente cualquier intervención que atente contra la independencia, la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación. Los asuntos de los venezolanos deben ser resueltos exclusivamente por nosotros, sin injerencia ni intervención alguna y en respeto estricto a la jurisdicción interna del Estado venezolano.
La fortaleza del sistema democrático en Venezuela y de su robusto estado de derecho, no está discusión ni entredicho. Es muestra del Estado constitucional de derecho, de justicia social y paz, edificado en un país que ha hecho de la práctica de la democracia participativa y protagónica, el vehículo para la transformación de la sociedad y la búsqueda de la mayor suma de felicidad posible.
En palabras de nuestro Libertador: “Solo la democracia es susceptible de una absoluta libertad, libertad que define como el poder que tiene cada hombre de hacer cuanto no esté prohibido por la ley” Simón Bolívar
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