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» » Las indemnizaciones y la venta de inmuebles también pagarán Impuesto a las Ganancias


(02/11/18 - Gestión Macri, Ajuste Permanente)-.Por decreto, el Gobierno modificó el tributo y ahora deberán abonarlo despedidos y quienes logren vender una vivienda. Mirá a partir de que monto será.

A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional modificó el Impuesto a las Ganancias. A partir de esta modificación, comenzarán a pagar el tributo las indemnizaciones de personas que hayan ocupado cargos directivos o ejecutivos en empresas públicas o privadas. 

Las indemnizaciones deberán tributar cuando el despedido haya ocupado un cargo gerencial durante, al menos, un año antes de la desvinculación, y cuya remuneración bruta mensual supere en quince veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hoy está en $10.700. Es decir, alrededor de $160.500.

Por otra parte, también se suman a la obligación de pagar el Impuesto a las Ganancias las ventas de inmuebles. La Reforma Tributaria del Gobierno incorporó el Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la renta de capital que se genere gracias a la venta de una segunda casa, hecho que queda reglamentado a partir de este decreto. 

Sin embargo, este cambio solo abarca a aquellas propiedades que se sean adquiridas después del 1º de enero de 2018, sin importar cuándo sean vendidas.

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