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» » Tucumán: Organismos valoran con críticas la sentencia del juicio "Operativo Independencia"

(22/09/17 - Lesa Humanidad)-.Los principales organismos de derechos humanos de Tucumán destacaron hoy que la "histórica resolución" que condenó a diez represores del Operativo Independencia, en el juicio que concluyó la semana pasada, reconoce que los delitos cometidos entre febrero de 1975 y el 24 de marzo de 1976 son crímenes de lesa humanidad y reivindica por lo tanto "la verdad histórica", pero objetan la absolución de siete imputados. 

Las expresiones tucumanas de H.I.J.O.S., Madres de Plaza de Mayo, APDH, ANDHES, LADH y una decena de organismos más, familiares de detenidos desaparecidos y víctimas-testigos de la Megacausa Operativo Independencia subrayaron, en una evaluación conjunta, que se haya llegado "a esta sentencia tras 42 años de lucha y exigencia de justicia".

Desde esa perspectiva, valoraron "como un logro de esos años que en la histórica resolución se haya reconocido que los delitos cometidos por las fuerzas militares y de seguridad durante el Operativo Independencia, decretado en 1975 por la entonces presidenta Estela Martínez de Perón, son crímenes de lesa humanidad", a la vez que formularon críticas al veredicto y fijaron una posición conjunta.

"Porque no reconocemos como definitiva esta sentencia y ante la libertad de estos acusados (absueltos), desde ya, manifestamos que es responsabilidad del Estado 

garantizar la seguridad de los testigos", expresa la declaración firmada también por la Fundación Memorias e Identidades del Tucumán, la Comisión por los Derechos Humanos de Tafí Viejo y la Asociación de Ex Presos Políticos de Tucumán, entre otros organismos.

En el veredicto, dictado el viernes último tras 16 meses de debate, el Tribunal Oral Federal de Tucumán condenó a prisión perpetua a seis represores, impuso penas de entre 18 y 4 años de prisión a otros cuatro acusados y absolvió a los restantes siete imputados.

Con respecto a las siete absoluciones, el documento de los organismos tucumanos sostiene que "no se condicen con los hechos y pruebas aportados durante más de un año y medio de debate", y señala también que en el caso de dos condenados (Néstor Castelli, sentenciado a 18 años de cárcel y Jorge Capitán, a 16 años) la peña impuesta es "irrisoria" respecto de los delitos cometidos "y mucho menor a la aplicada al personal policial subalterno".

En particular, repudian la absolución de Omar Edgardo Parada, "el militar con el rango más alto, que estuvo al mando del Centro Clandestino de Detención que funcionó en la base militar de Santa Lucia, y por ello principal responsable de los delitos sufridos por los habitantes de esa localidad".

"Ningún tribunal del país que haya juzgado delitos de lesa humanidad utilizó con anterioridad al denominado 'error de prohibición' para absolver a imputados por estos graves crímenes puesto que ello implica entender que quienes allanaron ilegalmente moradas y detuvieron ilegalmente personas (es decir secuestraron) no sabían que sus conductas eran ilícitas, ya que siguieron las órdenes de sus superiores", subrayaron en otra dura crítica a aspectosa  de la sentencia. Para los firmantes del documento, la invocación del llamado "error de prohibición" por parte del Tribunal "implica abrir la puerta nuevamente a la excusa de la obediencia debida".

Además, deploran que el voto mayoritario del Tribunal haya resuelto "la exclusión de la pena accesoria de degradación militar de Pedro Adolfo López, al considerar atenuante la participación posterior del imputado en la Guerra de Malvinas". En este sentido, recordaron que también participaron de la guerra de 1982 con Gran Bretaña en el Atlántico Sur represores "como (Alfredo) Astiz o Mario Benjamin Menéndez", pero "ello no quita la gravedad de los delitos que cometieron antes, en el marco de un ataque generalizado y sistemático de la población civil".

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