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» » El radicalismo propone un código que meta presa a la gente por tuitear o no llevar DNI

(13/09/18 - Gestión Cambiemos)-.El gobernador de Cambiemos impulsa un código de faltas que multa la transmisión de enfermedades sexuales, la libertad de expresión e incluso violar la libertad constitucional de circular libremente sin portar un documento de identidad.

Con medidas que recuerdan a las que utilizaba la dictadura cívico militar el gobierno de la Unión Cívica Radical mendocina de Cambiemos pretende limitar los derechos constitucionales como libre expresión y circulación por el territorio nacional.

El gobernador de Mendoza Alfredo Cornejo impulsa un nuevo Código de Faltas de la provincia que ya tiene media sanción del Senado y que será tratado en la cámara de Diputados. El proyecto ya generó controversia por la multa a la "desaparición", la penalización de mensajes en las redes sociales, y por infecciones de HIV. El proyecto además permite la detención de las personas que no muestren el documento a la policía.

Una de las controversias que generó el código es la figura de “falsa búsqueda” o también llamada desaparición "voluntaria". El ejecutivo alega que las personas que generan gastos al Estado en su búsqueda y que en realidad se habían ido voluntariamente de su casa perjudican las arcas del Estado, entonces impondrán una multa será de $ 23.500.

"Si una persona no aparece nunca, no podría defenderse ante una acusación de falsa desaparición. Además si una persona decide irse de su casa y luego la encuentran, deberá pagar. Esto nos hace recordar situaciones de la historia argentina cuando se decía que los desaparecidos se fueron de viaje", sostuvo la senadora de Unidad Ciudadana, Andrea Blandini.

Zaida Gatti, coordinadora del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata, del Ministerio de Justicia de la Nación, y Marcelo Colombo, Fiscal Anti-trata Nacional, criticó el artículo que penaliza a quien desaparece por su“propia voluntad”, debido a que retrasa el momento de la denuncia y se pierden horas claves para una investigación.

Otra polémica se desató por la penalización de mensajes en redes sociales. En el artículo 55 y en el inciso H se pena el "causar molestias o perturbaciones a alguien, en lugar público o abierto al público, o por medio algún sistema de transmisión sonora y/o de imagen, telefonía o redes sociales u otros dispositivos tecnológicos". La interpretación de la utilización de mensajes en redes sociales puede sentar un precedente peligroso contra la libertad de expresión.

El código además impulsa la detención de las personas que no den información sobre su identidad: "Negación de informes sobre la propia identidad personal. El que, requerido por un miembro de las fuerzas de seguridad en el ejercicio legítimo de sus funciones, se negare a informarle sobre su identidad personal, estado, profesión, lugar de nacimiento o domicilio o cualquiera otra calidad personal o suministrare datos falsos, será sancionado con multa desde trescientas (300) U.F hasta seiscientas (600) U.F. o arresto desde tres (3) días hasta diez (10) días, siempre que el hecho no constituyere una infracción más grave".

Por último, en el código se penaliza a las personas que transmitan de manera voluntaria el HIV. "La persona que transmitiere enfermedad venérea o contagiosa, será sancionada con multa desde un mil quinientas (1.500) U.F. hasta tres mil (3.000) U.F. o arresto desde quince (15) días hasta treinta (30) días", sostiene.

Al cruce salió la fundación Huesped que observó que la "propuesta desconoce la evidencia científica irrefutable en relación a que la criminalización de las personas con VIH está generando más daños que beneficios en términos de impacto en la salud pública y en los derechos humanos". Además observa que es incomprobable la transmisión debido a que no puede demostrarse quién fue la persona que contagió a otra.

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