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» » Doce años de prisión a un hombre que intentó quemar a su pareja

(14/10/17 - Violencia de Género)-.El Tribunal lo consideró responsable de homicidio triplemente calificado: por haber sido cometido mediando violencia de género; por haberse cometido contra su pareja y por alevosía, en grado de tentativa. Intervino la fiscalía ante Tribunales Orales nro. 18, a cargo de Guillermo Pérez de la Fuente.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 26 condenó a doce años de prisión por tentativa de femicidio a un hombre que intentó matar a su pareja prendiéndola fuego en el año 2015 en el barrio de San Telmo. En la misma sentencia se incluyen además otros dos hechos previos por lesiones y desobediencia. En la causa intervino la fiscalía ante Tribunales Orales Nº 18, a cargo del Dr. Guillermo Pérez La Fuente, con la colaboración de Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta.

El hecho ocurrió en 2015 cuando el imputado roció a la víctima con alcohol con intención de quemarla, el fuego alcanzó parte de su cabello, rostro y pecho sufriendo graves quemaduras que le imposibilitaron trabajar por más de un mes y la deformaron de manera permanente, comprometiendo las vías áreas con riesgo para su vida, estando internada durante 20 días en terapia intensiva, intermedia y cirugía general.

Se lo juzgaba también por otros hechos anteriores a la tentativa de homicidio que se enmarcaron en un continuum de violencia. Uno de ellos había ocurrido el 7 marzo de 2015, cuando el agresor le propinó a la víctima golpes de puño y la arrastró por el suelo. Los otros dos episodios ocurrieron los días 27 y 28 de julio del mismo año, cuando el imputado, violando la prohibición de acercamiento dispuesta judicialmente, entró al inmueble donde se encontraba la víctima, la golpeó y le mordió la muñeca.

Al formular la imputación el fiscal desarrolló minuciosamente el contexto de violencia de género en el que se habían desarrollado los hechos y consideró la tentativa de femicidio como la culminación de ese ciclo en el que la víctima se encontraba inmersa desde los inicios de la relación. A su vez construyó la imputación valorando de manera integral la totalidad de las pruebas, pericias testimonios de vecinos, familiares, etc.

El agresor, finalmente,  fue condenado por  considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y mediando violencia de género reiterado en dos oportunidades, desobediencia y homicidio en grado de tentativa agravado por haber sido cometido con ensañamiento, y por tratarse la víctima de una persona con quien ha mantenido una relación de pareja, en el contexto de una situación de violencia de género (hecho IV), todos los cuales concurren en forma real entre sí. En el juicio, la víctima estuvo acompañada por representantes de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas (DOVIC) del MPF.

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