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» » Salta: Fiscales piden elevación a juicio de la causa en que está imputado el ex juez Lona

(15/10/16 - Lesa Humanidad)-.Los fiscales generales Carlos Amad y Francisco Snopek requirieron la elevación a juicio de la causa en la que está acusado el ex juez federal de Salta Ricardo Lona por las irregularidades cometidas durante la investigación del secuestro y la desaparición del ex gobernador Miguel Ragone, el 11 de marzo de 1976. 

Así lo informaron hoy, a través del sitio oficial Fiscales.gob.ar, donde se detalla que la acusación contra Lona es por los delitos de prevaricato, omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes, y encubrimiento de los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas, en carácter de autor. 

Esto en el marco de la investigación por el secuestro y la desaparición del ex mandatario de Salta; el homicidio del testigo del hecho, Santiago Arredes; y las lesiones de Margarita Martínez de Leal, quien también fue testigo.

La calificación de los crímenes va en línea con los pronunciamientos judiciales previos en los que se procesó al acusado y que fueron confirmados en todas las instancias judiciales, aunque la Fiscalía considera que el ex magistrado fue partícipe de los hechos que afectaron a las víctimas, es decir, de homicidio, privación ilegal de la libertad y de las lesiones.

El dictamen de los fiscales, de 111 páginas, fue presentado ante el juez federal subrogante Fernando Poviña, que tiene a su cargo las causas que involucran a Lona, y a quien en marzo pasado le habían pedido la clausura de la instrucción, con el correspondiente previsto en el Código Procesal Penal de la Nación, para solicitar la elevación a juicio.

Ragone fue interceptado alrededor de las 8 de la mañana del 11 de marzo de 1976, cuando conducía su Peugeot 504, poco después de dejar su casa, cerca del monumento al general Martín Miguel de Güemes, en la ciudad de Salta, y los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y lo tiraron en la parte posterior del vehículo, tras lo que nunca más se supo de él. 

Martínez, que era empleada de un comercio de la zona, y Arredes, que era el propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría, pero los captores dispararon contra ambos, y mataron a Arredes e hirieron a Martínez.

Amad y Snopek concluyeron que Lona omitió adoptar medidas procesales trascendentes para la pesquisa, indicaron que su accionar se desplegó mediante el control y selección de las medidas que debían adoptarse y la convalidación de irregularidades policiales, lo cual -explicaron- condujo a "hacer desaparecer o frustrar pruebas relevantes para llegar a identificar a los responsables" del atentado. 

En esa línea, pusieron de relieve que el ex magistrado clausuró de manera prematura la investigación, a pocas semanas de haber recibido el sumario policial. Para remarcar la deficiente actuación judicial de Lona, los fiscales precisaron en la acusación que el entonces juez federal, que era el único que tenía la provincia en esa época, nunca citó al testigo que en la víspera de los hechos había advertido a Ragone que un comando había partido desde Córdoba, la noche anterior, con el objetivo de asesinarlo.

Asimismo, remarcaron la omisión de Lona de citar a prestar declaración testimonial a las personas del entorno de Ragone y a Martínez, y la falta de investigación de las pistas que surgían de las circunstancias que rodearon los hechos, ocurridos días antes del golpe de estado.

Por otra parte, los fiscales sostuvieron que "Lona tenía pleno y pormenorizado conocimiento de las circunstancias históricas que rodearon la persecución y posterior secuestro y desaparición de Ragone".

Para ellos, "ese conocimiento previo, aunado a las condiciones y el carácter sistemático de su actuación en la época, reforzaban la hipótesis de que cuanto menos el imputado se adaptó, toleró o prestó su asentimiento al plan criminal, conociendo que su comportamiento omisivo dejaba impune un magnicidio y los delitos conexos".

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