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» » El Ejecutivo promulgó la ley de aumento del impuesto al tabaco

(24/12/15 - Paraguay)-.El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº5.538 “Que regula las actividades relacionadas al tabaco y establece medidas sanitarias de protección a la población” y establece el aumento de la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo hasta el 20 por ciento.

Con este aumento se generará un mayor aporte fiscal, el cual se incrementará paulatinamente a fin de evitar un impacto negativo, a corto plazo, en las empresas del sector, las que dan trabajo a un número importante de compatriotas y así mantener un buen nivel de competitividad.

La mencionada Ley tiene por objeto establecer las medidas necesarias para proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo del tabaco y de la exposición al humo de los productos del tabaco.

Por otro lado, se establece como autoridad de aplicación de la presente Ley a las Municipalidades de la República, en cooperación con la Policía Nacional, sin detrimento de la intervención respectiva de las demás instituciones en la esfera de su competencia: a) En materia de Salud Pública y Control Sanitario, al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; b) En materia tributaria, el Ministerio de Hacienda; c) En materia de producción agrícola de Tabaco al Ministerio de Agricultura y Ganadería; d) En materia de distribución, comercialización y defensa al consumidor, al Ministerio de Industria y Comercio.

Esta normativa además regula las medidas que el Estado implementará para instrumentalizar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT – OMS), aprobado y ratificado por la Ley Nº 2969/2006.

En materia sanitaria esta Ley prevé la prohibición de toda forma de publicidad, promoción o patrocinio de productos de tabaco, a excepción de la comunicación realizada en los comercios y puntos de venta, conforme al convenio marco de la OMS para el control del Tabaco.

En materia de educación, el Ministerio de Educación y Cultura, por su parte, deberá incluir en los planes y programas de estudio en toda la República contenidos destinados a educar a los alumnos sobre los daños que provoca el consumo de tabaco.


Esta normativa, además prohíbe fumar, vaporear, vapear o fumar electrónicamente en establecimientos educativos, sean abiertos o cerrados, en todo tipo de transporte de pasajeros incluyendo ascensores; como así también en los supermercados, centros comerciales, pubs, restaurantes, discotecas y bares.

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