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» » En Mendoza, habilitan un 0800 para denuncias de violencia laboral

(11/02/16 - Violencia Laboral)-.La subsecretaría de Trabajo y Empleo está realizando la atención de consultas y recepción a trabajadores que estén atravesando alguna situación de abuso de poder en sus empleos. La oficina atiende de lunes a viernes de 9.30 a 13.30 horas.

La subsecretaría de Trabajo y Empleo de Mendoza informó que está realizando la atención de consultas y recepción de denuncias sobre violencia laboral, asesoramiento en aspectos legales y en lo referente a la salud psicofísica.

De acuerdo a lo que publicó Jornada Online, la denuncia la puede realizar el trabajador que se considere víctima, en forma individual o grupal sea empleado del sector público o privado en la oficina de Denuncias y Audiencias mediadoras en violencia laboral de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

Además, el portal mendocino detalló que la oficina atiende de lunes a viernes de 9.30 a 13.30. También se reciben denuncias telefónicas anónimas al 0800-222-8722 de lunes a viernes de 8 a 15.

El trabajador deberá exponer su caso para ser asesorado sobre derechos vulnerados y para informarse sobre cómo se procederá administrativamente. La mediación no incluye en ningún caso indemnización.

La documentación que debe presentar es fotocopia de DNI, bonos de sueldo (si posee) y certificados que acrediten su situación de salud (psicológicos, médicos, psiquiátricos, otros).

Se denomina violencia laboral a todo abuso de poder con la finalidad de excluir o someter a una trabajadora o trabajador de su empleo. Además, es la acción persistente y reiterada de incomodar a un trabajador manifestada en comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que atenten contra la personalidad, la dignidad o la integridad, o que pueda poner en peligro su empleo o degradar el clima de trabajo en razón de su sexo, conformación física, religión, política, edad, otros.

Dicha violencia se manifiesta ante la conducta hostil de forma continua y repetida en forma de insultos, desprecio, críticas, amenazas o aislamiento. Como así también toda conducta que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño, sufrimiento físico o acercamiento sexual no deseado sobre los trabajadores. 

(Infogei)

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