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» » La deuda se pagará en cuatro cuotas y las devoluciones serán desde septiembre

(20/08/16 - Gestión Macri, tarifazos)-.Los usuarios residenciales que no hayan pagado sus facturas de gas hasta ahora, luego de que la Corte Suprema ya dictó su anulación y ordenó el llamado a audiencias públicas, podrán abonar en cuatro cuotas lo adeudado.
    
Los usuarios residenciales que no hayan pagado sus facturas de gas hasta ahora, luego de que la Corte Suprema ya dictó su anulación y ordenó el llamado a audiencias públicas, podrán abonar en cuatro cuotas lo adeudado, según lo estableció el Gobierno mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial. Además, estableció cómo se devolverán los mantos facturados de más.

Se dispuso que a los usuarios que no pagaron las boletas con aumentos, las empresas les cobren el período no abonado facturándolas con la tarifa anterior y en cuatro cuotas mensuales consecutivas que comenzarán a hacerse efectivas desde el mes próximo.

Mientras que estableció que quienes hayan pagado las facturas con aumentos recibirán desde el mes que viene devoluciones con el excedente. 

"Los montos abonados por los usuarios en exceso de los valores tarifarios que resulten aplicables conforme a las disposiciones de los artículos 1° y 2° de esta Resolución, deberán acreditarse a partir de la primera facturación a emitirse con posterioridad a la presente, hasta cubrir la totalidad del monto respectivo", señala la norma.

A través de la Resolución 152 publicada en el Boletín Oficial, Aranguren determinó que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) "disponga las medidas necesarias a fin de que las prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país, apliquen a los usuarios residenciales, por los consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016".

Según se indicó, "para los usuarios residenciales a los que hubiere correspondido la aplicación del régimen de Tarifa Social", ese beneficio continuará rigiendo.

Para el resto de los usuarios Servicio General P con servicio completo (subcategorías P1, P2 y P3, y equivalentes en el servicio de distribución de propano indiluido por redes, y que incluyan el costo de adquisición de gas natural), los montos a facturar no podrán superar los límites de aumento del 400 % establecidos en una resolución de julio pasado.

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