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» » ¿Qué esconde la ley del arrepentido?

(26/06/16 - Opinión, *Por Santiago Gómez, desde Florianópolis)-.Mientras en la Argentina se impulsa la “ley del arrepentido”, en Brasil la mandataria Dilma Rousseff tiene su mandato suspendido, sobre la base jurídica de la delación premiada, sin prueba alguna en su contra, según reconoce Folha de São Paulo. 

Agencia Paco Urondo consultó abogados brasileros para escribir al respecto, nos informaron de un artículo publicado en Carta Maior, escrito por los profesores de derecho Juarez Tavares e Frederico Figueiredo de Brasil, en el que alertaron los atropellos a los derechos fundamentales que la ley del arrepentido significa. 

Los abogados destacan que sólo bajo coacción es posible que una persona acuse a otra, cuando ya se encuentra privada de su libertad y la amenazan. La corrupción fue el caballo de Troya del sector financiero para llegar al gobierno y hacerse de los recursos públicos. 

La ley del arrepentido el único objetivo que tiene, lejos de hacer justicia, es acabar con el poder de representación social de ciertos dirigentes populares, para disminuir la fuerza de los proyectos nacionales y populares en la disputa electoral.

Juarez Tavares es profesor titular de derecho penal de la Universidad del Estado do Rio de Janeiro y Frederico Figueiredo es doctor en derecho por la Universidad de Frankfurt am Main, donde además Tavares es profesor visitante. 

El artículo “Qué esconde la delación premiada” fue originalmente publicado antes de la segunda vuelta electoral brasilera, cuando utilizando la corrupción como herramienta, el poder financiero financió una operación mediático judicial para acabar con las posibilidades de Dilma ser reelecta. 

Ya había conseguido sacar de la disputa electoral anterior a José “Zê” Dirceu, sucesor natural de Luiz Inácio Lula da Silva, hoy preso sin pruebas, por la famosa “ley del arrepentido” y la delación premiada. Traducimos fragmentos del artículo en el que consideramos que se puede comprender el riesgo a los derechos ciudadanos que implica la votación de una ley como esa. 

Como dicen los profesores “el régimen democrático, al contrario de lo que se piensa, no se fortalece con el empleo de medios inconstitucionales para obtener eficiencia en la persecución penal. El régimen democrático se fortalece precisamente cuando los derechos fundamentales de las personas son preservados, independientemente de su carácter, de su personalidad, de su condición social, de sus antecedentes o comportamientos”. La traducción parcial del artículo:

“Si es defendido por unos, como modelo de eficiencia, es también enorme su incompatibilidad con ciertas garantías constitucionales inherentes a regímenes democráticos. Hay una serie de derechos fundamentales a los que no puede renunciar el denunciado o acusado, como el de demandar al poder judicial la reparación del hecho que lo perjudique, de interponer recurso que le son asegurados, de oponerse a la coacción procesal, de no someterse a los dictámenes de la otra parte, de ser tratado con isonomía y ser considerado presuntamente inocente hasta que se dictamine la sentencia condenatoria definitiva.

“La violación de esos derechos transforma en prueba ilícita todas las informaciones dadas por el delator, que deben ser, por eso mismo, eliminadas de los autos. Y como el derecho brasilero acogió la teoría extrema de la prueba ilícita, por la cual quedan contaminados todos los actos que a ella se vinculen, el procedimiento penal de ahí decorrente es también jurídicamente inválido. Cabe a la autoridad judicial tomar medidas preventivas contra eventuales prejuicios causados por las informaciones no comprobadas en las delaciones, protegiéndolas con el secreto judicial -la violación de ese secreto constituye una grave infracción, al configurar el delito previsto en el artículo 10 de la ley 9.296/96. 

“De todas formas, la delación premiada es una realidad y su utilización en auxilio de investigaciones parece una práctica cada vez más generalizada en Brasil. Como si por detrás del instituto hubiese una lógica mucho más fuerte que la defensa de derechos fundamentales. No sorprende que ella obedezca a los mismos dictámenes del mercado. Se alega, por ejemplo, el anacronismo de nuestro modelo procesal para combatir sofisticados esquemas de criminalidad y se propone flexibilizarlos en nombre de un aumento de productividad. La pérdida de ciertas garantías del acusado es justamente compensada con la ampliación de otros derechos no menos fundamentales. 

Además de lo otro, el acusado permanece libre para decidir y hacer una buena elección, un buen negocio. Son argumentos bastante cercanos al sentido común, pero sobretodo, de un cierto pensamiento económico radical, un discurso que se presenta como la única solución posible. — There is no alternative, dirían los apóstoles del neoliberalismo.

“En el inicio de los años 1950, John Nash consiguió resolver por medio de un modelo matemático el célebre dilema de los prisioneros, un problema de lógica donde los participantes, impedidos de combinar sus estrategias previamente, son instados a colaborar con las autoridades de la investigación y delatar al compañero. 

Si los participantes no aceptan la oferta, sus penas permanecen inalteradas. Si sólo uno colabora, el delator será puesto en libertad mientras el otro le aumentará la pena. En caso de que los dos colaboren, la pena de los dos será sensiblemente atenuada. Nash comprueba que la mejor solución para el jugador racional es delatar al compañero, su modelo, el equilibrio de Nash, sirvió de impulso para un notable desarrollo de la teoría de los juegos no cooperativos y para reforzar la tésis de la eficiencia de los mercados de Pareto. 

Tratar la delación como la actitud más racional, en tanto, sólo retira en parte el estigma que se construyó en torno de la figura del colaborador. Bocina, alcahuete, buchón – la jerga  popular tiende a desacreditarlo sin piedad, casi nunca desprovisto de razón. Como, de hecho, ocurrió en la dictadura, con el estigma indeleble del dedo duro. Es bueno aquí distinguirlo de otro tipo de denunciante que goza de gran prestigio junto al público y es muchas veces retratado como heróico: aquellos que asumieron una posición más frágil, justamente por optar por la denuncia. Mientras se exalta el coraje de estos últimos, se desprecia la motivación mezquina de los primeros.

“La decisión del acusado de colaborar con la investigación en un sistema de delación premiada nunca es tomada libre de coacción. Sin coacción, es impensable la posición del delator. 

Si no hubiese presión sobre su decisión ¿Cuál sería el poder de trueque de las autoridades? El dilema real del prisionero no es un ejercicio de lógica, asilado de interferencias externas, el modelo más cercano no sería el del libre mercado, sino el de informaciones bastantes asimétricas. De repente, se pierde el pudor de negociar con el acusado. De presunción de inocencia solo queda apenas una cantidad necesaria para prestar el mínimo de credibilidad a las informaciones del delator ya virtualmente condenado. Ante la falta de criterios bien delineados, juez y representantes del Ministerio Público establecen y fiscalizan las metas para la validación del acuerdo y la concesión de los beneficios. Ellos también tendrán sus propios intereses, juegos dentro de otros juegos, pero al fin y al cabo se apuesta en un equilibrio isustentado por manos invisibles. Pura especulación. 

“Políticas económicas ortodoxas, conviene recordar, siempre fueron acompañadas de políticas económicas ortodoxas. Sus resultados también son bastante parecidos, basta ver el colapso de los sistemas penales en los países que abrazan el menú del mercado. En el caso de Brasil, la población carcelaria más que se sextuplicó desde 1990 hasta hoy, con un déficit creciente de vacan
tes en el sistema. Ajeno a un escenario que ya produjo Carandiru y más recientemente Pedrinhas, el debate sobre la política criminal que acompañamos durante el proceso electoral, parece limitado a los temas corrupción e impunidad. Se pide más pena. Se habla de reducción de la mayoría penal, hasta de acuerdos con el sector privado. Choques de gestión. Bajo una óptica meramente de mercado se puede pensar, inclusive, en la privatización de las cárceles”. 

Se denuncia en los medios, se condena en la sociedad, se destruye la capacidad de representación social, lo difundido no vale como prueba, la justicia no condena, qué importa, si el daño ya está hecho. Eso es lo que los legisladores deberían saber antes de levantar la mano. Quien extorsiona no tiene otros códigos que los de la mafia y elegir ser su víctima también es una condena. 

(APU)

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