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» » Uno de los candidatos para la Corte cuestionó el mecanismo por el que ahora fue designado

(25/12/15 - Jueces por Dedazo)-.Horacio Rosatti, uno de los juristas nombrados por decreto por Mauricio Macri se opone, en su Tratado de Derecho Constitucional, al método que utilizó el Gobierno.

La semana pasada desde el Ejecutivo, decidieron en comisión y sin la necesidad de un acuerdo del Senado, que Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz fueran los próximos miembros del máximo tribunal. Sin embargo uno de ellos en un libro publicado en 2011 sostiene que ese mecanismo tiene “sus complicaciones”.

Según indican en el diario Página 12, entre las páginas 431 y 432 de la obra se lee que ese mecanismo de nombramiento, que proviene de la Constitución de 1853, “se mantiene como inciso 19 del artículo 99” y “tiene sus complicaciones”.

En este sentido explica que genera problemas de “seguridad jurídica” por la “provisoriedad” de la función. Además deja la duda de si el Poder Ejecutivo mientras dura el interinato puede nombrar a otra persona para el mismo cargo, y enfatiza que de esta manera se pasa por alto los mecanismos de selección que están establecidos en la Constitución.

Específicamente señala:
1) “Genera una situación de provisoriedad que no se compatibiliza con la seguridad jurídica.”

2) “Genera la duda de si, mientras dura el interinato (‘antes del fin de la próxima legislatura’) puede el Poder Ejecutivo proponer otro candidato para el mismo cargo.”

3) “Se torna, luego de la reforma constitucional de 1994, temporalmente acotada (pues ahora el receso parlamentario de sesiones ordinarias se extiende desde el 1º de diciembre hasta el 28 o 29 de febrero del año siguiente) y virtualmente incompatible con la cláusula que establece la intervención previa del Consejo de la Magistratura.”

Por otro lado en esta misma línea se encuentra la Corte Suprema dado que igual que Rosatti, se enfrenta con sus propias palabras porque este año anuló la lista de conjueces para sus vacantes creada por el Poder Ejecutivo porque no había sido convalidada por los dos tercios de los votos del Senado. 

Habían establecido que “el acuerdo del Senado constituye un excelente freno sobre el posible favoritismo presidencial”. Esto también se aplicó al decidir que las subrogancias también requieren acuerdo en la Cámara alta. 

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