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» » Casación revocó la domiciliaria a un coronel retirado que revistó en el Batallón 601 de Inteligencia

(06/05/18 - Memoria Verdad y Justicia)-.La Cámara Federal de Casación Penal revocó la prisión domiciliaria del coronel de Ingenieros (RE) Roberto Eduardo Gordillo (foto), ex agente del Batallón 601 de Inteligencia del Ejército imputado por homicidio y torturas, entre otros crímenes cometidos en Tucumán durante el terrorismo de Estado. 

Por mayoría, la sala IV de la Casación anuló el fallo que le había otorgado el beneficio a Gordillo, al considerar que los jueces no evaluaron correctamente la existencia de riesgos procesales y soslayaron en consecuencia la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, informó hoy el sitio fiscales.gob.ar.

Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos -con la disidencia de Juan Carlos Gemignani- coincidieron con los argumentos del fiscal Javier De Luca, para quien el Tribunal Oral Federal de Tucumán, al otorgar a Gordillo la prisión domiciliaria, incurrió en el error de considerar la edad del imputado como una causal humanitaria, sin evaluar los riesgos procesales.

Gordillo fue procesado como presunto coautor penalmente responsable de los delitos de tormentos agravados, tortura seguida de muerte en perjuicio de Federico Soria, asociación ilícita y ser partícipe necesario del delito de homicidio calificado en 10 oportunidades.

La Fiscalía recordó en su dictamen el lugar destacado de Gordillo en el aparato represivo desplegado en Tucumán.

Además, sostuvo que el otorgamiento de la prisión domiciliaria no es automático sino excepcional, y que es una facultad pero no una obligación de los jueces que, antes de conceder el beneficio, tienen "la obligación de analizar en el caso concreto la existencia de riesgos procesales”.

De Luca argumentó también que Gordillo no es un enfermo terminal y que las dolencias que pueda tener, propias de su edad, 73 años, pueden ser tratadas en su lugar de detención.

Para los camaristas Borinsky y Hornos, el Tribunal Oral Federal de Tucumán, al concederle la prisión domiciliaria, incurrió en un vicio de fundamentación al haber omitido ponderar suficientemente la naturaleza de los hechos que se le atribuyen al imputado, la complejidad de la causa y las condiciones personales de Gordillo en el examen de los riesgos procesales.

En su voto en disidencia, Gemignani falló por el contrario en favor de la prisión domiciliaria, aunque entendió que la extensión de la prisión preventiva era correcta en el marco de la gravedad de los hechos que por los que está imputado Gordillo.

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