Select Menu

Municipios

Latinoamerica

Sociedad

.

.

Argentina

.

Deportes

Internacionales

Cultura y Educación

» » Una condena anunciada para Milagro

(16/01/19 - Gestión Cambiemos, Pres@s Polític@s, Por Sabrina Roth, desde Jujuy)-.El Tribunal Oral Criminal 3 de Jujuy condenó a Milagro Sala a 13 años de prisión en la causa que se conoce como “Pibes Villeros”. 

El día previo a presentarse a dar testimonio en contra de la dirigente social, en enero de 2016, los denunciantes se reunieron con Gerardo Morales. Y desde entonces trabajan para el gobierno.

Este lunes, el Tribunal Oral Criminal 3 de Jujuy condenó a Milagro Sala a 13 años de prisión en la causa que se conoce como “Pibes Villeros”. La dirigente fue condenada por ser la supuesta jefa de una asociación ilícita, supuesto fraude al Estado y supuesta extorsión. 

La manera en que se originó la causa, las irregularidades del proceso, la acusación sin pruebas, los testimonios y documentos incorporados en el debate oral, lejos de probar los cargos por los que se la acusa, dan muestras del armado del expediente.

Los denunciantes el día previo a presentarse a dar testimonio en contra de la dirigente social, en enero de 2016, se reunieron con Gerardo Morales y desde entonces trabajan para el gobierno. Si no fuera por esta condena, Milagro Sala el 16 de enero debería recuperar su libertad por cumplirse los tres años de prisión preventiva. La defensa de la dirigente apelará la sentencia.

Otro dato central de la jornada fue que Raúl Ezequiel Aguilera, imputado en la causa pero cuyo testimonio utilizaron los fiscales para acusar a Milagro Sala y pedir una pena de 22 años de prisión, fue detenido el fin de semana en Formosa por tráfico de estupefacientes. 

El jóven es además hijo de Mabel Balconte, la diputada que llegó a la Cámara de legisladores por el espacio de Milagro Sala y que de un día para el otro cambió de abogado y de relato y acusó a la dirigente social de llevar plata a la Casa de Olivos y entregársela a Máximo Kirchner –hecho que los informes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y de la propia casa Presidencial desmintieron-. De los 30 imputados, Aguilera fue el único por el cual la fiscalía pidió la absolución en la etapa final del proceso.

El inicio
El 14 de enero de 2016 las organizaciones sociales cumplieron un mes de acampe frente a la Casa de Gobierno. Cuando vencía el ultimátum dictado por  Gerardo Morales que dio plazo hasta las cero horas de ese día para abandonar la protesta, los cooperativistas desafiaron la amenaza, lanzaron fuegos artificiales y cantaron en la calle. 

Pareció un festejo de fin de año, que el 31 de diciembre no pudieron hacer por la intensa lluvia que obligó a quienes se quedaron en la Plaza Belgrano a refugiarse debajo de gazebos y carpas. Dicen que el contador estalló en ira dentro de su despacho. Los manifestantes se mantenian firme en su reclamo y exigían la apertura de una mesa de diálogo para abordar la continuidad de veinte mil puestos de trabajo.

En la tarde del viernes 15 de enero, la fiscal Liliana Fernández de Montiel redactó en su despacho el pedido de detención de Milagro Sala, al que el juez Rául Gutierrez daría curso el sábado por la mañana para inmediatamente después pedir licencia y dejar a los abogados sin magistrado disponible para presentar un habeas corpus que pudiera liberar a Milagro Sala el día en el que se la privó de su libertad en el marco de un operativo que encabezó el ministro de Seguridad de la provincia, Ekel Meyer.

Lo curioso es que en la misma tarde noche en que la fiscal elevó el pedido de detención de Milagro Sala, figura firmando las actas de las declaraciones de los cooperativistas que, en plena feria judicial, se acercaron al Ministerio Público de la Acusación a denunciar a la dirigente. 

Según la Acordada del Superior Tribunal de Justicia, la feria fue habilitada para tramitar asuntos que se consideraran urgentes. Cristian Chorolque, Julia Gutiérrez, Sara Gutiérrez, Jorge David Lamas, Américo Celestino Romay, y José Orellana, entre otros dirigentes que hasta ese momento integraron la Red de Organizaciones Sociales, denunciaron a la diputada del Parlasur entre las 18 y las 22 horas de ese viernes 15 de enero por hechos que supuestamente ocurrieron en los años 2013, 2014 y 2015. 

“Llama poderosamente la atención que a la misma hora en la que se realizaban estas denuncias por el Ministerio Público de la Acusación en donde estaba designada Liliana Fernández de Montiel, la fiscal presentaba el pedido de detención de nuestra asistida”, expresó en su alegato Luis Paz, uno de los abogados de la dirigente.

Por otra parte, y tal como consta en distintas notas periodísticas publicadas en medios locales, el gobernador de Jujuy se reunió con esos cooperativistas denunciantes el día anterior, en la ciudad de San Pedro de Jujuy. Desde entonces, realizan obras asignadas por el gobierno. 

Esas denuncias fueron las que dieron origen a la causa por asociación ilícita, fraude al Estado y extorsión con la que mantuvieron presa a Milagro Sala cuando a los 10 días de ser detenida en el marco de la causa del acampe ordenaron su libertad ante el escándalo que generó esa privación de la libertad ante los organismos internacionales de Derechos Humanos.

Las irregularidades del proceso
El 7 de junio de 2018 se desarrolló en el salón Vélez Sársfield del Poder Judicial la audiencia preliminar en la que tanto los querellantes como los defensores de los 30 imputados en la causa realizaron los planteos de nulidad que creían correspondientes y el ofrecimiento de prueba, ya sea para acusar o defenderse. 

El 29 de junio las juezas Alejandra Tolaba, presidenta del trámite, Claudia Cecilia Sadir y Ana Carolina Pérez Rojas rechazaron prácticamente todas las pruebas presentadas por las defensas y aceptaron las de la fiscalía y las querellas. 

De un total de 117 testigos aprobados, 91 fueron ofrecidos por las partes acusadoras. Toda la prueba pericial y documental solicitada por la defensa de Milagro Sala fue rechazada, así como también 38 de los 51 testigos ofrecidos por los abogados de la dirigente. 

“Esto implica un claro y directo ataque al legítimo derecho a la defensa en el que se obliga a los acusados a participar de un proceso en el que los abogados iríamos a legitimar una suerte de espectáculo con nuestra presencia, pero sin posibilidad alguna de ejercer nuestra función. Es decir, la decisión adoptada por este tribunal es la de hacer un juicio exclusivamente con la prueba de la acusación, negando de modo absoluto el derecho de defensa de las partes y en particular de Milagro. Este derecho al que hacemos referencia implica, además de contar con un abogado, la posibilidad de presentar las pruebas que se consideren pertinentes para rebatir la acusación”, señaló en ese entonces Paz.

Durante sus alegatos los fiscales acusaron a los imputados de no presentar pruebas para defenderse de las acusaciones. Además de invertir la carga de la prueba, porque el sistema penal argentino obliga a los acusadores a destruir el estado de inocencia y no a los acusados a presentar pruebas para demostrarla, Matias Duarte, abogado de Milagro Sala expresó: “Los fiscales dijeron que ninguno de los acusados ofreció pruebas para acreditar que las obras por las que se los acusaba estaban hechas y que las cooperativas no eran ficticias e irregulares. Esto es falso. Esta defensa sí ofreció pruebas, pero el Ministerio Público de la Acusación nunca quiso esclarecer qué es lo que sucedió. De allí que se hayan opuesto en la audiencia preliminar a que se designe, tal como pidió esta defensa, un perito en ingeniería civil a fin de que luego de revisar las constancias de la causa realice un relevamiento de las obras realizadas por las cooperativas mencionadas en las imputaciones. Entre otros puntos pedíamos que este perito indique el grado de avance y ejecución desde enero de 2016 de las obras encargadas a las cooperativas mencionadas en la denuncia y que indicara cuáles eran las obras por las cuales se libraron los cheques para la cooperativa Pibes Villeros y los tiempos de ejecución. El Ministerio Público de la Acusación con la adhesión de los otros acusadores se opusieron y el Tribunal hizo lugar a esa oposición”.

Pero además, el juicio desde su inicio estuvo viciado de distintas irregularidades. Por un lado la conformación del tribunal, con una Presidenta de Trámite que reprobó los dos concursos a los que se presentó para ser desingada como integrante del Tribunal Oral Criminal y otras dos magistradas que quedaron tercera y sexta en el orden de mérito de los respectivos concursos pero fueron nombradas en diciembre de 2017 por el gobernador Gerardo Morales. También prohibieron el ingreso a las audiencias de la prensa como tal. Permitieron que los periodistas presenciaran el debate como público, siempre y cuando no superaran el número de 16 personas en total, incluidos los familiares de los 30 imputados. Cada jornada, antes de ingresar a la sala debían firmar un acta de confidencialidad en la que se les impedía relatar lo que sucediera dentro del recinto. Uno de los abogados defensores de distintos imputados calificó entonces al proceso como un juicio secreto y confidencial. A los periodistas también les prohibieron durante las audiencias ingresar con lapiz y papel para tomar notas. Por otra parte, y tal como abordamos en artículos anteriores en Nuestras Voces, el 30 de agosto se excluyó a Milagro Sala del juicio por haber llegado a la audiencia en pijama –el juez Pablo Pullen Llermanos le impidió apenas fue dada de alta en el hospital Pablo Soria ir a cambiarse a su lugar de detención y ordenó que se la trasladara directamente al juicio–. Las juezas señalaron que la dirigente social violó las reglas del decoro y la mandaron a El Carmen, sin que pudiera escuchar ni presenciar los testimonios de ese día. Se le negó entonces ejercer su defensa material. Según sus abogados esto constituyó una nulidad insubsanable. La propia fiscalía reconoció la gravedad de la situación y realizó distintos planteos durante el proceso, todos ellos también irregulares, pero que daban cuenta del peligro que corría la legalidad del proceso en virtud de esa decisión del tribunal. El 18 de septiembre, por poner solo un ejemplo, solicitó a las juezas que volvieran a citar a los testigos que prestaron declaración aquel 30 de agosto para evitar planteos de nulidad posteriores. El Tribunal rechazó el pedido y la fiscal Fernández de Montiel dijo: “quiero que se deje expresa constancia que no hago protesta de recurrir en casación en relación a que se trataría de una nulidad absoluta” y, por supuesto, la fiscalía no iba a anular el propio proceso que impulsó.

La acusación
El Ministerio Público de la Acusación imputó a Milagro Sala y pidió que se la condene a 22 años de prisión por considerarla jefa de una asociación ilícita que según los acusadores comenzó como una organización social, la Tupac Amaru, pero luego se convirtió en una organización criminal y que tenía por objeto cometer delitos de extorsión y fraude al Estado para apoderarse de dinero público. 

“También se la acusa de ser coautora de diversos hechos de extorsión sobre los que no se dieron fechas, ni se identificaron a las supuestas victimas para que entreguen facturas, cheques, para que firmen documentos en general y para que vayan a manifestaciones y se la acusa de ser coautora de fraude a la administración pública por convenios que fueron firmados el 20 de enero de 2015 y por cheques que fueron pagados en diciembre de 2015 por diversas obras que según los acusadores no se realizaron en los municipios de San Salvador de Jujuy, San Pedro y Palpalá”, sintetizó Duarte. 

Sin embargo, señaló el defensor, “el Ministerio Público de la Acusación no ofreció pericias para acreditar que las obras no fueron ejecutadas, no se ocupó de aportar documentación original para sustentar su acusación en el debate, no se ocupó de incorporar los convenios que fueron intensamente mencionados en sus alegatos y, principalmente, no preguntó adecuadamente a los más de cien testigos que declararon en este debate sobre los detalles y circunstancias conocidas por ellos para sostener la acusación”.

De hecho, durante la audiencia preliminar, prácticamente todos los defensores pidieron la nulidad del proceso porque consideraron que la acusación carecía de una relación clara, precisa, circunstanciada y específica de los hechos por los que se imputó tanto a Milagro Sala como a otros dirigentes, cooperativistas y ex funcionarios y la ausencia de una calificación legal. El planteo de los abogados fue que no podían ejercer el derecho a la defensa cuando, en pocas palabras, no sabían con precisión de qué acusaban a sus defendidos.

Cuando la defensa pidió la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, refirió Duarte, el Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos presentados y afirmó que los hechos se encontraban perfectamente definidos. Sin embargo el propio Ministerio Público de la Acusación refirió en distintas audiencias que estaban intentando determinar el inicio de la supuesta asociación ilícita en el proceso de debate oral. 

El 18 de septiembre, cuando por tercera vez la fiscalía aseguró que estaban intentando determinar la fecha de inicio de la asociación ilícita, Duarte presentó nuevamente un planteo ante el Tribunal: “en esta etapa no estamos para investigar, señora Presidenta. 

El diseño del sistema de enjuiciamiento del ordenamiento procesal de la provincia señala claramente cuáles son las etapas de investigación. Y en los juicios no se investiga, a los juicios se llega con hechos ya esclarecidos y donde se afirma que existieron en el plano de la realidad. 

Entonces, si abrimos líneas de interrogatorio sobre la base de investigaciones y hechos que aún no han sido esclarecidos, claramente este juicio oral no debería haber sido abierto y en todo caso, las impugnaciones que realizamos en la audiencia preliminar por la indeterminación de los hechos tendría que haber sido acogida”.

Los denunciantes
Como sucedió hasta ahora en todos los procesos judiciales contra Milagro Sala, la principal prueba en su contra son los testimonios de las personas que la denunciaron, pero sin ningún otro respaldo probatorio. 

De los tres juicios que ya concluyeron, en el primero –conocido como la causa de los huevos– se la condenó a tres años de prisión en suspenso con el testimonio de Rene “Cochinillo” Arellano como única prueba en su contra. Recordemos que se demostró en el expediente que esa persona que desde entonces es empleada del gobierno de Morales mintió al menos en ocho oportunidades y los propios autores materiales del escrache contra el entonces senador en 2009, hecho por el que llegó esa causa a juicio, negaron que la dirigente social haya sido la autora intelectual de aquella protesta. 

El fiscal de la Cámara de Casación, Javier de Luca, pidió la absolución de la dirigente y la investigación de Arellano por falso testimonio. En los otros dos procesos –el juicio de las bombachas y la balacera– fue absuelta.

Como indicamos anteriormente, este proceso se inició a partir de la denuncia de nueve cooperativistas que aquel 15 de enero se presentaron ante la fiscal Liliana Fernández de Montiel y aseguraron que facturaron y cobraron por obras que no realizaron, lo que implicaba además autoincriminarse en la comisión de delitos. 

Según los denunciantes luego entregaban el dinero que iba a parar a Milagro Sala que discrecionalmente lo repartía y que lo hacían para no perder los beneficios de capacitaciones y bolsones de mercadería que supuestamente luego repartían a los integrantes de sus organizaciones. 

“En caso de creer esta hipótesis de los acusadores en función de lo que dijeron los denunciantes, podemos decir que estas personas están dispuestas a hacer cualquier cosa por mantener los beneficios sociales, que están dispuestas a cometer acciones ilícitas incluso. Entonces cabe preguntarse: si ante la posibilidad de perder esos beneficios estaban dispuestos a hacer cualquier acción reñida con la ley, no cabría la misma posibilidad de que para conservar esos beneficios, ante el cambio de gobierno, sostengan afirmaciones con el único interés de mantenerlos? Y sobre todo si ellos seguían en el lugar en el que estaban, perderían además esos beneficios tal como ocurrió con todas las organizaciones que se quedaron en el acampe. Creemos que esas personas no merecen ningún tipo de credibilidad, que están dispuestas a cualquier cosa y que, además, afirmaron hechos falsos y tergiversados de la realidad”, sostuvo en su alegato Duarte. Varios de los denunciantes, entre ellos Julia y Sara Gutiérrez, tal como afirmaron en las audiencias, entre otros, fueron beneficiarios de la adjudicación de obras por parte de la actual gestión de gobierno.

El abogado Duarte logró durante su alegato destruir la acusación contra Milagro Sala con los elementos introducidos por los propios acusadores. Duarte explicó: “Ese grupo de nueve denunciantes se encontraban en las mismas condiciones objetivas que los otros cooperativistas acusados en “Pibes Villeros”. 

El 15 de enero, según consta en el expediente, el titular del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, Walter Morales, pidió al Ingeniero Carlos Guarch que informara si en la Dirección de Obras con Municipios y Organizaciones Sociales se encontraban actas o certificaciones de obras en relación a 19 expedientes entre los que se encontraban las cooperativas de cinco de los denunciantes. 

Sin embargo, a la hora de responder el informe solo respondió por 14, los  vinculados con los cooperativistas que fueron acusados durante este juicio y se excluyó la respuesta respecto a los cooperativas de cinco de los denunciantes — no todos los dirigentes tenían cooperativas de construcción de viviendas–.

“Estas personas no deben ser consideradas como testigos porque son beneficiarios de una maniobra claramente ilegal para excluirlos de la investigación de este proceso. Una maniobra que deberá ser esclarecida en las instancias correspondientes. Pero lo que está claro es que el Ministerio Público de la Acusación vulneró el deber de legalidad porque estaba obligado a someter a este grupo de denunciantes a una investigación para evaluar si habían cometido o no algún delito, como al resto de los cooperativistas imputados por las mismas circunstancias”, aseguró Duarte.

En ese mismo sentido, durante su alegato, la abogada Alejandra Ursagasti, defensora de Mirta Guerrero, otra de las presas políticas, develó cómo se adulteró prueba remitida por el Banco Nación, cuya cadena de custodia no se preservó y que paso de ser inicialmente un pen drive a estar luego en soporte cd y más tarde en dvd, pero en el que, según uno de los abogados, habrían desaparecido las imágenes de los denunciantes retirando dinero de la entidad.

Falta de pruebas y contradicciones
Para que se constituya una asociación ilícita se deben reunir ciertos elementos. El Código Penal establece que será reprimido de 3 a 10 años el que forme parte de una asociación o banda de más de tres personas destinadas a cometer delitos por el sólo hecho de ser miembros de esa asociación. 

Según explicó Duarte, otro de los elementos típicos para que se configure el delito es que haya un acuerdo previo. Sin embargo, “en ninguna de las testimoniales se habló sobre ese acuerdo; ninguno de los acusadores interrogó a los testigos sobre cómo se habría conformado ese acuerdo, si tenían conocimiento respecto a si Milagro Sala se había puesto de acuerdo con otras personas para formar una organización criminal o si la Tupac Amaru había mutado de organización social a otra destinada a cometer delitos. 

Esto era un factor ineludible para acreditar la existencia de la asociación ilícita”, refirió Duarte. Pero además, los propios denunciantes afirmaron que la organización social realizaba obras y que se realizaban reuniones, asambleas en las que se adjudicaban las obras. Entonces si ésta era una asociación ilícita en las que se imponían las decisiones, ¿para que se hacían las reuniones?. 

Pero, además, todos los elementos probatorios que están incorporados son documentos que se encontraban en expedientes administrativos. Esto da cuenta que la actividad de estas organizaciones sociales estaban a la luz de las instituciones y de la ciudadanía. Es incompatible con una organización criminal dejar todo documentado para recibir dinero y no arbitrarlo a los bienes preestablecidos”.

En cuanto a la supuesta defraudación a la administración pública, en la acusación los fiscales afirmaron que  cuatro cooperativistas retiraron un cheque a través del cual la Municipalidad de San Salvador de Jujuy les habría pagado poco más de 14,5 millones de pesos en concepto de financiamiento de obra. Según la acusación ese dinero fue entregado a Milagro Sala y  el fraude se habría consumado en virtud que las obras no se realizaron. 

En ese marco, la defensa de la dirigente señaló que no consta en el expediente ninguna documentación original ni convenio en relación a esas obras. Pero además, los nombres de los cuatro cooperativistas mencionados por la acusación no figuran en el recibo del pago. “Hay una mención expresa que señala que el destinatario fue la Red de Organizaciones Sociales (ROS)”, explicó Duarte. 

Y agregó: “El requerimiento de elevación a juicio increíblemente no tiene ningún hecho referido a explicar por qué figura como destinataria del pago la ROS y no las cuatro cooperativas que afirmaron en su acusación. Tampoco dijeron por qué dentro de la Municipalidad se libró el pago a la Red, quiénes la integraban, cuál era el funcionamiento. No hay prueba o referencias a trámites administrativos en la Municipalidad que expliquen por qué el pago fue destinado a la ROS. Directamente se realizó una inferencia, entendemos que invalida, de que fueron cuatro cooperativistas los que lo recibieron el dinero y luego se le dieron a Milagro Sala, pero sin respaldo alguno”. En este punto es importante aclarar que durante el juicio quedó probado que la Red de Organizaciones Sociales era una entidad distinta a la Tupac Amaru, con otros integrantes y sus propias reuniones y asambleas.

En relación a la entrega del dinero a Milagro Sala, Duarte también aseguró: “No hay ninguna prueba respecto a que nuestra defendida se quedó con dinero resultante de los cheques elegidos voluntariamente por los acusadores. Ninguna prueba en los más de 100 cuerpos que tiene esta causa. ¿Cómo puede ademas afirmarse que ella recibió dinero de los cheques que fueron cobrados el 9 y 10 de diciembre en la provincia si ella no estaba en Jujuy?”.

Pero además, tal como quedó acreditado en la causa, los fondos que se cobraron en esa fecha fueron entregados en concepto de “anticipo financiero”. Tal como lo explicaron distintos testigos durante el juicio, los anticipos se utilizan para compra de material, contratación de personal y para reunir todos los elementos necesarios para realizar con el segundo desembolso la ejecución de la obra. “Pero tampoco hay ningún informe técnico ni pericial que indique que en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy no se hicieron obras relacionadas al Programa Federal Mejor Vivir 2 que se investiga en esta causa”, advirtió el abogado.

Pero también denunció que no está incorporado al expediente el listado de los beneficiarios de los mejoramientos habitacionales, motivo por el cual difícilmente pueda afirmarse que las obras no fueron realizadas. 

“La arquitecta Mariana Franco –que asumió como funcionaria del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy el 15 de diciembre de 2015– mencionó que fueron a revisar algunos lugares que les fueron indicados por funcionarios públicos de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, pero no sabemos quiénes son porque no fueron convocados a esta audiencia. 

Dijo que siguieron una hoja de ruta, un listado, pero ya dijimos que ese listado de beneficiarios no está incorporado a esta causa, entonces no hay manera de confrontar si al lugar al que ellos fueron se corresponde o no con el listado incorporado al acuerdo del Plan Federal Mejor Vivir 2 que se investiga en la causa”. 

En el mismo sentido, el ingeniero Carlos Guarch dijo que fueron a la localidad de San Pedro y que constataron que no se habían ejecutado las obras y mencionó que realizaron el informe en enero de 2016. Pero luego de tres horas de declaración dijo que afirmó tal situación porque siguió una tendencia. Reconoció que no había visitado todos los lugares donde se tenían que ejecutar los mejoramientos habitacionales, que revisó una parte y concluyó que el resto no estaba ejecutado”, reclamó Duarte.

Pero, además, advirtió el defensor, los plazos de ejecución de obra son de 180 días y la auditoría se hizo a principios de enero, es decir en un momento en el que los plazos no estaban vencidos.

Estas son sólo algunas de las irregularidades que demostró en su alegato la defensa de Milagro Sala, aunque también hay muchas otras en relación a afirmaciones vinculadas con supuestas irregularidades de las cooperativas, o cheques que se cobraron de otras organizaciones y que según los acusadores Milagro Sala se habría apoderado del dinero, a pesar que no tenían ninguna relación con la Tupac Amaru ni con la Red de Organizaciones Sociales.

En relación con el delito de extorsión, tampoco precisaron los acusadores quiénes serían las víctimas del delito, ni el día, mes o año en el que se habría cometido tales hechos. “Es posible realizar una acusación sin indicar la fecha –aclaró Duarte– pero en ese caso se tienen que explicitar los motivos por los cuales no se puede precisar el marco temporal y tiene que ser fundado e invencible porque de otra forma se coloca en estado de indefensión a las personas que son sometidas a proceso penal. Pero además, se dijo que la extorsión se realizaba para que se entreguen facturas, documentación, se firmen convenios, se cobren cheques. Ninguno de los denunciantes en esta causa tiene algún elemento probatorio que indique qué factura entregó con motivo de la extorsión ni prueba alguna que indique que estas personas estaban obligadas a hacerlo, que su libertad estuvo coartada y que por eso tenían que hacer lo que se les pedía según los términos de la acusación para mantener los beneficios sociales”, explicitó.

Tupac Amaru, ¿una organización criminal?
Otra constante en todos los juicios que se realizaron en contra de Milagro Sala es mencionar a la Tupac Amaru como una organización paraestatal, que se constituyó en un Estado paralelo, que tenía en vilo a la sociedad en su conjunto, incluso se la ha llegado a mencionar como una organización paramilitar. 

El abogado Luis Paz dio cuenta que en el requerimiento de elevación a juicio, la Tupac Amaru fue mencionada al menos en 87 oportunidades como si se tratara de una organización criminal. 

En ese marco también afirmaron que el acampe realizado desde fines de 2015 hasta febrero de 2016 alteró el orden público y en reiteradas oportunidades preguntó a los testigos que prestaron declaración en la audiencia si habían participado de esa protesta, a pesar que nada tenía que ver con la causa que era objeto de investigación en el proceso. 

De hecho, la fiscal Filomena Ortíz mencionó que la actividad delictiva se habría iniciado en 2007 con hechos vinculados a la quema de una bandera en la Casa de Gobierno y que en Jujuy se vivió bajo un verdadero peligro por las amenazas, la extorsión, la subversión del orden público. 

También señaló que todo ese clima tuvo como su correlato final el acampe en la Plaza Belgrano donde la ciudad se vio sitiada, según los términos que utilizaron los acusadores y a pesar que el acampe se limitó a ese espacio público. 

Es decir, que el Ministerio de la Acusación, señalaron los abogados, sostuvo que el orden público se vio afectado por hechos que están directamente relacionados al ejercicio del derecho constitucional como es la libertad de expresión y el derecho a peticionar a las autoridades.

Lo cierto es que la organización considerada como criminal por parte de los acusadores, en consonancia con el discurso del gobernador Morales, construyó miles de viviendas, escuelas, polideportivos, centros de salud y fábricas, sólo por mencionar algunas de las obras. 

La actual gestión, con todos los recursos del Estado, apenas construyó mil casas en tres años de gestión, se apropió de las instituciones educativas construidas por la Tupac y algunas de las fábricas dado que la mayoría fueron saqueadas y quedaron abandonadas, inauguró sólo una parte de la pileta que construyó Milagro Sala en Alto Comedero, los Centros de Salud de la organización fueron también cerrados y quedaron devastados.

«
Siguiente
Entrada más reciente
»
Previo
Entrada antigua

No hay comentarios:

Leave a Reply