La voz del senador con más peso político de Cambiemos volvió a generar tanto polémica como ambigüedad. En esta oportunidad, Federico Pinedo reconoció que frente a la recomendación de la Oficina Anticorrupción (OA) al ministro de Energía, Juan José Aranguren, de vender las acciones que tiene en la petrolera Shell por "razones de ética pública", el jefe de esa cartera debe "hacerle caso" o "dejar de actuar",.
"Si (la OA) le dijo tenés que vender todas tus acciones, (Aranguren) tendrá dos caminos: hacerle caso o dejar de actuar", planteó Pinedo, aunque no aclaró qué significa "dejar de actuar".
Calificó a Aranguren como "sumamente honesto" y, curiosamente, definió a la "cantidad de acciones" del ministro como una "cucharita de té en el mar" comparada con el resto del capital de la compañía de hidrocarburos angloholandesa, una de las más importante de todo el planeta.
"Aranguren tiene una parte muy chiquita de acciones, como quien tiene acciones de cualquier otra empresa. Él se ha sometido a que le digan qué es lo que corresponde de acuerdo con las normas y lo que surja de ahí lo va a hacer", aseveró el legislador.
En este sentido, Pinedo aseguró en declaraciones a la FM Radio Con Vos no tener dudas "de que (Aranguren) va a actuar como corresponde" e insistió en destacar que "cualquier decisión que tome va a ser ética porque él es ético" y "la ética no es 'piripipí'".
"A mí me parecía irrelevante. Yo nunca habría pensado que tuviera un tema de ética porque tiene cinco acciones de una empresa que tiene cinco mil millones de acciones", finalizó de forma insólita el titular provisional del Senado.
La OA que encabeza la cuestionada funcionaria PRO Laura Alonso sostuvo a través de un dictamen que el funcionario nacional al que más se le pidió la renuncia del Gabinete por el tarifazo "no incurre" en conflicto de intereses por haber sido CEO de la empresa angloholandesa y "no tiene obligación legal" de deshacerse de las acciones.
Sin embargo, le recomendó que las venda o tome alguna medida como la de constituir un fideicomiso ciego, sustentada en el "deber de prudencia" previsto en el artículo 9 del Código de Etica de la Función Pública.