(02/11/16 - Derechos del Niño)-.El Juzgado 2 de primera instancia en lo Contencioso y Administrativo de la CABA hizo lugar a una medida cautelar presentada por legisladores, sindicatos y el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y suspendió la atribución de los dispositivos de la ley penal a ese Consejo.
El martes 1 de noviembre la justicia suspendió “la atribución -otorgada mediante Decreto 492/16 y Convenio de transferencia- al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de dirigir, gestionar y organizar los programas de asistencia directa y los dispositivos de intervención con adolescentes infractores de la ley penal (DINAI), en el marco del proceso de transferencia de los mismos del ámbito de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF)” al ámbito del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El fallo responde favorablemente a una medida cautelar presentada por Daniel Catalano (Sec. Gral ATE Capital), junto a legisladores de la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la CABA (Andrea Conde, Pablo R. Ferreyra, Patricio Del Corro); legisladores de la CABA (Carlos Tomada, Paula Penacca, Lorena Pokoik, José Cruz Campagnoli, Marcelo Ramal); plenaristas del CDNNyA: Jose Eduardo Machain, Florencia Gentile y Norberto Gabriel Kohen por la ONG La Casona Barriletes; ONGs: Observatorio de DDHH (CABA), OPPLEC, Asociación por los Derechos Humanos APDH.
“Hemos advertido a la gestión de los aspectos antes mencionados con el objeto de propiciar un proceso democrático y participativo a fin de diseñar un proyecto integral acorde a los estándares consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos y el marco normativo y constitucional de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del cual debe incluirse el traspaso de la DINAI y la definición del órgano receptor en el ámbito de la ciudad”, aseguraron los firmantes.
Según los legisladores y organizaciones la decisión del ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires constituía una “aberración jurídica desde el punto de vista del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes”, contrario a la Constitución de la CABA y al marco normativo (Ley 114), en tanto disponía que el mismo organismo que administra los dispositivos penales destinados a adolescentes sea, a su vez, aquél que debe controlarlos y garantizar la plenitud de los derechos humanos de los chicos y chicas allí alojados”.
También consideraron que una resolución así resulta consistente con el vaciamiento de las políticas públicas de inclusión y acceso a derechos de carácter integral y universales para niños, niñas y adolescentes y prioriza la prosecución penal de adolescentes sobre los programas asistenciales y de acceso a derechos.
“Frente a este desprecio por la voz de los trabajadores y trabajadoras, especialistas, organizaciones de la sociedad civil y legisladores, quienes advertimos que esta medida es contraria a los derechos de los/as jóvenes en conflicto con la ley penal, celebramos la disposición judicial y esperamos que la misma abra la instancia de diálogo necesaria para la construcción de un sistema de responsabilidad penal juvenil conforme a derecho en la Ciudad de Buenos Aires”, concluyeron
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