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"Miles de vecinos ya pasaron por el Mercado en tu Barrio"

(27/01/17 - Almirante Brown)-.El intendente municipal de Almirante Brown, Mariano Cascallares, recorrió la feria de comercialización del programa "El mercado en tu Barrio" en la localidad de Glew. Allí dialogó con los cientos de vecinos que realizaban sus compras de productos de calidad a precios razonables.

La iniciativa, articulada por el Municipio y el Ministerio de la Producción de la Nación, se llevó a cabo en el circuito ciclístico "Héctor Durando", sito en Patria y Jorge Newbery de dicha localidad.

Cascallares estuvo acompañado por el concejal Ignacio Villaronga y por el subsecretario de Comercio Interior de la Nación Javier Tizado  y la subsecretaria de Alimentos y Bebidas,  Mercedes Nimo.

En la oportunidad el jefe comunal dialogó con los vecinos y feriantes y visitó cada uno de los puestos. Con relación a esta propuesta Cascallares señaló "que  tiene que ver con espacios de comercialización dónde se logra  articular,  muchas veces con productores de la zona,  que los vecinos puedan adquirir alimentos a bajo costo". 

En este sentido destaco "que es muy satisfactorio ver como los vecinos compran productos de muy buena calidad a un precio realmente accesible".

Para finalizar sostuvo que esta iniciativa es una propuesta que va por las distintas localidades del distrito teniendo "muy buenos resultados y una gran aceptación por parte de nuestros vecinos".

Por su parte,  Tizado destacó "el compromiso que el intendente  Cascallares ha demostrado tener con esta propuesta ya que eso se refleja en el efecto que causa en los vecinos del distrito".  Sostuvo además la importancia  de esta medida ya que es de gran impacto a la gente y colabora con la economía general promoviendo así mismo el consumo de frutas y verduras.

Cabe señalar que "El mercado en tu barrio"  continuará en los próximos días recorriendo las distintas localidades de Almirante Brown". El miércoles 1° de febrero estará en Don Orione y el jueves 2 desembarcará en José Mármol.
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El gobierno negoció deuda externa a cambio de resignar soberanía

(27/01/17 - Gestión Macri, Soberanía)-.El gobierno de Mauricio Macri emitió el pasado doce de enero un Decreto de Necesidad y Urgencia por el autoriza a negociar la emisión de deuda por hasta veinte mil millones de dólares con clausulas que resignan la soberanía nacional.

El DNU lleva la firma del Presidente Mauricio Macri y los ministros Marcos Peña y Luis Caputo y autoriza a contraer deuda hasta por veinte mil millones de dólares... y a incluir cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la Ciudad de Nueva York —Estados UNidos de América—, y/o de los tribunales ubicados en la Ciudad de Londres —Reino nido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte—, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana.

El gobierno, como no podía ser de otra manera tomando en cuenta que gran parte de los integrantes de su gabinete son o fueron accionistas de los fondos buitre, hizo todos los deberes para garantizar que a futuro la República Argentina quede sometida a los designios y aprietes de los fondos buitre ante sus movidas extorsivas.

A continuación reproducimos el texto completo del Decreto de Necesidad y Urgencia firmado el pasado 12 de enero.

Texto Completo del Decreto 29/2017
VISTO: 
El Expediente N° EX-2016-04124323-APN-DMEYN#MH, la Ley N° 27.341, la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público.

Que por el Artículo 60 de dicha Ley se establece que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que actualmente a través de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y de las que han regido los últimos ejercicios, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN ha autorizado al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo del Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, son ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA actualmente dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS actualmente dependiente del MINISTERIO DE FINANZAS.

Que, por su parte, el Artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales.

Que en el marco de una estrategia financiera integral y del programa financiero para el año 2017, se estima que se continuarán realizando colocaciones en los mercados financieros internacionales, con el fin de reducir el costo del financiamiento del TESORO NACIONAL.

Que es pertinente aclarar que cada emisión que se realice con cargo al presente decreto deberá contar con la pertinente autorización presupuestaria o autorización legislativa específica o hallarse encuadrada en los términos del Artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, según corresponda.

Que en vistas del objetivo perseguido, resulta relevante autorizar la registración de obligaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA ante la “SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION” (SEC) de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, lo que permitirá, en caso de ser necesario, acceder ágilmente a inversores del mercado doméstico norteamericano.

Que dicho proceso de registración consiste en solicitar ante la citada autoridad regulatoria la autorización para realizar oferta pública en el mercado doméstico del mencionado país, pero de ninguna manera constituye un aumento del endeudamiento, ni debe ser entendido como el ejercicio de una autorización de endeudamiento ni como una operación de emisión de deuda pública.

Que, asimismo, se pone de relieve que conforme a lo establecido en el Artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se encuentra facultado para someter eventuales controversias con personas extranjeras a tribunales no argentinos.

Que en tal sentido resulta necesario otorgar las autorizaciones e instrucciones al MINISTERIO DE FINANZAS para llevar a cabo las medidas que por el presente se persiguen.

Que el Artículo 36 bis de la Ley N° 23.576 y sus modificaciones establece el tratamiento impositivo a aplicar a los instrumentos crediticios que revistan la característica de títulos públicos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del entonces MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Facúltase por hasta un monto que no supere la suma de VALOR NOMINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MIL MILLONES (V.N. U$S 20.000.000.000) o su equivalente en otra moneda, al MINISTERIO DE FINANZAS, a través del Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, a incluir cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la Ciudad de NUEVA YORK —ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA—, y/o de los tribunales ubicados en la Ciudad de LONDRES —REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE—, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos que se pudieran producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a los acuerdos que se suscriban y a las emisiones de deuda pública que se realicen con cargo al presente decreto, y sujeto a que se incluyan las denominadas “cláusulas de acción colectiva” y cláusula de “pari passu”, de conformidad con las prácticas actuales de los mercados internacionales de capitales.
La renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la REPÚBLICA ARGENTINA con relación a la ejecución de los bienes que se detallan a continuación:
a) Cualquier reserva del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA;
b) Cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, incluyendo los comprendidos por los Artículos 234 y 235 del Código Civil y Comercial de la Nación;
c) Cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio argentino que preste un servicio público esencial;
d) Cualquier bien (sea en la forma de efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago) de la REPÚBLICA ARGENTINA, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto, dentro del alcance de los Artículos 165 a 170 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014);
e) Cualquier bien alcanzado por los privilegios e inmunidades de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, incluyendo, pero no limitándose a bienes, establecimientos y cuentas de las misiones argentinas;
f) Cualquier bien utilizado por una misión diplomática, gubernamental o consular de la REPÚBLICA ARGENTINA;
g) Impuestos y/o regalías adeudadas a la REPÚBLICA ARGENTINA y los derechos de ésta para recaudar impuestos y/o regalías;
h) Cualquier bien de carácter militar o bajo el control de una autoridad militar o agencia de defensa de la REPÚBLICA ARGENTINA;
i) Cualquier bien que forme parte de la herencia cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA; y
j) Los bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable.

ARTÍCULO 2° — Encomiéndase al MINISTERIO DE FINANZAS, a través del Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, a proceder a la registración ante la “SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION” (SEC) de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA de un monto de bonos que no supere la suma del valor nominal autorizado por el Artículo 1° del presente, que podrán ser subsecuentemente emitidos en el marco del presente decreto en una o más transacciones por un monto total que no supere dicho valor nominal.
Las operaciones con cargo al presente decreto deberán encuadrarse dentro de las autorizaciones de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada Ejercicio o en el marco del Artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 3° — Facúltase al MINISTERIO DE FINANZAS, a través del Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, a:
a) Determinar las épocas, plazos, métodos y procedimientos de emisión de los nuevos títulos públicos;
b) Designar instituciones financieras que participarán en la colocación de los nuevos títulos públicos;
c) Suscribir acuerdos con entidades financieras colocadoras de los nuevos títulos públicos a emitirse, previendo, para ello, el pago de comisiones en condiciones de mercado;
d) Preparar y registrar un programa de títulos públicos ante los organismos de control de los principales mercados de capitales internacionales;
e) Suscribir acuerdos con agentes fiduciarios, agentes de pago, agentes de información, agentes de custodia, agentes de registración y agencias calificadoras de riesgo que sean necesarios tanto para las operaciones de cancelación de deuda como de emisión y colocación de los nuevos títulos públicos, previendo el pago de los correspondientes honorarios y gastos en condiciones de mercado;
f) Autorizar el pago de otros gastos necesarios de registración, impresión, distribución de prospectos, traducción y otros gastos asociados, los que deberán ser en condiciones de mercado, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el presente decreto; y
g) Autorizar a determinados funcionarios de las áreas competentes a suscribir la documentación respectiva y a implementar toda otra medida referida con las operaciones objeto del presente decreto.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes de la Jurisdicción 90 - Servicio de la Deuda Pública.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Luis A. Caputo.

Fecha de publicación 12/01/2017

Denuncian que la cuenca del Paraná está contaminada con insecticidas

(27/01/17 - Pesticidas)-.Así lo revela un nuevo informe desarrollado por científicos del CONICET, publicado en el exterior. En las conclusiones del trabajo queda reflejedo que las concentraciones son causa del modelo agrícola vigente. Santa Fe, el territorio más complicado. La vida acuática, en peligro.

En julio del año pasado Adelanto 24 dio la primicia de que toda la cuenca del río Paraná, considerada la segunda más importante de Sudamérica detrás de la que comprende al Amazonas, está altamente contaminada con el herbicida glifosato o AMPA, su degradación.

Ahora, una segunda entrega del material publicado por la revista internacional Environmental Monitoring and Assessment, a la que accedió este periodista en exclusiva, eleva la vara a un nivel todavía más dramático: las aguas y el lecho del Paraguay y el Paraná presentan grandes concentraciones de insecticidas como el endosulfan -de uso prohibido en el país desde 2013-, la cipermetrina y el clorpirifos.

Como en la ocasión anterior, el monitoreo lleva la firma de, entre otros, Alicia Ronco -fallecida en noviembre del año pasado- y Damián Marino, ambos especialistas del CONICET, y afirma que el grado de contaminación detectado supera los límites establecidos para la protección de toda la vida acuática.

Según explicó Marino a quien aquí escribe, los resultados provienen de muestras tomadas en 2010 y 2012 en 22 puntos diferentes de las cuencas mencionadas. El trabajo contó con la colaboración de Prefectura Nacional, que aportó su logística y el buque Luis Leloir para el traslado y desempeño de los científicos.

En sus conclusiones, el monitoreo señala que los altos niveles de plaguicidas constatados en agua y sedimentos tienen como causa la utilización de estos productos para la práctica agrícola en todos los territorios que atraviesa principalmente el Paraná.

“La agricultura intensiva aporta cargas significativas a los afluentes en los tramos medio e inferior y estos luego llegan al curso de agua principal. A pesar de que hay diluciones y descargas, el nivel de concentración es tal que los productos se pueden detectar en la corriente de agua. Estos hallazgos exponen la necesidad urgente de regular la aplicación de pesticidas en la cuenca”, afirma el trabajo.

Área de la que se obtuvieron las muestras:
El documento destaca que en la región relevada “la utilización de plaguicidas aumentó 900% en las dos últimas décadas por efecto de la introducción de cultivos biotecnológicos y la aplicación de técnicas de siembra directa”.

Cipermetrina, endosulfan y clorpirifos encabezan con amplitud los indicadores de contaminación. Sin embargo, reconoce la publicación, en la zona también se ubicaron otros 20 plaguicidas aunque en concentraciones relativamente bajas respecto de los compuestos antes mencionados.

“Las concentraciones de endosulfan, cipermetrina y clorpirifos son las cuantitativamente más relevantes. En cada caso, sus niveles de presencia son superiores a los recomendados para la seguridad de la vida acuática. Estos plaguicidas presentan una mayor afinidad por los sedimentos”, señala el trabajo.

Tóxicos detectados
La cipermetrina, de acuerdo a la Organización Panamericana de la Salud (OPS), es muy tóxica para peces y abejas, y se recomienda evitar su uso sobre cursos de agua. A nivel local, su desarrollo y comercialización corre por cuenta de Atanor, Bayer, Dow, DuPont, Monsanto y Nidera, entre otras firmas.

Este producto aparece como uno de los desarrollos que, en combinación con otros pesticidas, viene originando casos de polineuropatías tóxicas y trastornos en el sistema nervioso periférico como el denunciado por Fabián Tomasi, ex empleado de una compañía fumigadora de Basabilbaso, provincia de Entre Ríos.

Tomasi es un auténtico caso-símbolo de cómo los agroquímicos destruyen la salud al interactuar con el cuerpo.

En tanto, el clorpirifos es el insecticida más utilizado en la actividad agrícola local. Dow, su desarrolladora, fue multada en 1995 y 2003 por ocultar casi 250 casos de intoxicación con ese agroquímico sólo en los Estados Unidos y continuar publicitando al insecticida como producto “seguro”.

En la sumatoria de ambas sanciones, Dow culminó desembolsando a modo de pena más de 2,7 millones de dólares.

Ya en 2011, un estudio concretado por la universidad norteamericana de Columbia vinculó al insecticida con numerosos casos de niños afectados con retrasos mentales y físicos en zonas cercanas a Nueva York.

Por último, el endosulfan es un insecticida catalogado como “muy peligroso” por el mismo SENASA, y su uso se encuentra vetado en más de 60 países -Unión Europea incluida- por generar desde cáncer hasta deformidades congénitas pasando por desórdenes hormonales, parálisis cerebral, epilepsia y problemas en la piel, los ojos y las vías respiratorias, entre otros males. En la Argentina, su utilización está prohibida desde mediados de 2013.

Indicadores de pesticidas detectados en aguas y sedimentos del Paraguay-Paraná y sus frecuencias de aparición según el año de muestreo:

Contactado por este periodista, Marino explicó que los resultados de las muestras obtenidas sobre todo en el curso del Paraná recién se dan a conocer ahora “por demoras derivadas de la discusión científica en torno a la experiencia”. La publicación de monitoreos de estas características implica la interpretación de resultados de manera integral y, necesariamente, una rigurosa evaluación de pruebas por parte de especialistas internacionales.

Según el científico, la experiencia arrojó que, si bien toda la cuenca muestra niveles elevados de toxicidad a lo largo de su extensión, la mayor concentración de insecticidas se da principalmente en las zonas aledañas a las localidades santafesinas de Coronda, Carcarañá y San Lorenzo.

“También se detectó contaminación en el Bermejo y el Pilcomayo. Esto podría deberse a la producción agrícola que se hace aguas arriba en Paraguay. Su modelo atado al uso de agroquímicos es similar al de Argentina. Los sedimentos son los que más demuestran la presencia de los insecticidas. El agua es el vector que, sobre todo a través de las lluvias y efectos de escorrentía, moviliza los pesticidas desde las zonas de producción hasta el caudal de estos ríos”, dijo a Adelanto 24.

Para luego añadir: “Que hayamos encontrado pesticidas también en el agua muestra que hay contaminación más reciente. El sedimento representa una matriz ambiental que provee información más en el tiempo y la historia, y posiblemente hable de los procesos de acumulación de insecticidas al actuar como un sumidero. Las concentraciones detectadas en la columna de agua, hay que remarcarlo, superan los niveles recomendados para la supervivencia de la vida acuática”.

Detalle de cómo se da la presencia de clorpirifos, endosulfan y cipermetrina en las aguas del Paraguay y Paraná, con claro predominio de la acumulación en sedimentos:

Marino definió las conclusiones del trabajo como una “luz naranja, prácticamente roja, encendida”. Y exigió la implementación urgente de un programa de monitoreos de alcance nacional que, en concreto, permita conocer al detalle la situación ambiental de los principales cuerpos de agua de la Argentina. Según el especialista, la última experiencia en ese aspecto corresponde precisamente al muestreo expuesto en este artículo.

“Los últimos muestreos fueron realizados con un gran esfuerzo de la Prefectura Nacional y un subsidio de la Universidad Nacional de La Plata, pero no ha habido una decisión política gubernamental de sostener este tipo de monitoreos. Hay que retomar estos trabajos de manera urgente en tanto vivimos en un país agroproductivo en el que todos los años se vierten al ambiente millones de litros de plaguicidas. Y también hay que comenzar a promocionar seriamente políticas de producción sostenibles como la agroecología”, concluyó.

A mediados del año pasado, el equipo encabezado por Ronco y Marino reveló la presencia de concentraciones elevadas de glifosato en el mismo río Paraná. El informe, divulgado a modo de primicia por Adelanto 24, resultó ignorado por las autoridades de los territorios que utilizan el caudal para brindar agua potable a infinidad de poblaciones. Aguas Santafesinas SA, por poner un caso, directamente negó los resultados del monitoreo del CONICET.

La nueva evidencia reaviva no sólo la discusión en lo que hace a la calidad del insumo básico: vuelve a colocar en el epicentro de la polémica el modo en que se está llevando a cabo la producción agropecuaria en la Argentina y cómo, por efecto de las prácticas consagradas, la presión ambiental atenta contra la seguridad misma de los ecosistemas en general. Resta conocer si, como ocurrió el año pasado, el poder político volverá a hacer de cuenta que los argumentos científicos no valen la pena.

*Por Patricio Eleisegui

Se inicia proceso contra la ex suegra del hijo de Jimmy Morales

(27/01/17 - Guatemala)-.La ex suegra del hijo del presidente Jimmy Morales, Abdy Estrada de Orellana, fue citada por la jueza sexta de Primera Instancia Penal para escuchar la imputación que el Ministerio Público (MP) le efectuará por el delito de fraude en el caso Botín Registro de la Propiedad.

La señora de Orellana se libró de una captura y en su lugar el MP pidió la citación que fue concedida para el martes 31 de enero. Ese día se realizará la audiencia de primera declaración donde la jueza resolverá si la liga a proceso y la envía a prisión preventiva.

Abdy de Orellana, según el MP, fue la persona que realizó 564 canastas navideñas que fueron entregadas al Registro de la Propiedad y por las que cobró 89 mil 858 quetzales; aunque ella y su esposo Mario Estuardo Orellana, capturado el 18 de enero, depositaron el dinero a la empresa de Sammy Morales, Plus Espectáculos y Promociones.

La jueza no citó a la exnovia de José Manuel Morales.

Tanto Abdy Estrada de Orellana como su hija del mismo nombre, Abdy Orellana, lograron el fin de semana que un juez les otorgará medidas de protección por parte de la Policía Nacional Civil (PNC).

Ankara acusa a Atenas de proteger a militares "golpistas"

(27/01/17 - Turquía)-.El gobierno de Ankara aseguró que revisará las relaciones con Grecia tras el fallo de la Corte Suprema helena que rechazó extraditar a ocho militares turcos que huyeron tras el fallido golpe de Estado del 15 de julio.

Ankara tachó de "decisión política" el fallo del Tribunal Supremo de no extraditar a los ocho oficiales turcos que llegaron a Atenas el 16 de julio de 2016 en un helicóptero y acusó a las autoridades griegas de haber rehuido "una vez más de cumplir con los mínimos necesarios de cooperación vecinal en materia de lucha antiterrorista". 

En ese sentido, la nota recuerda que los tribunales griegos impidieron la extradición de miembros del Partido Revolucionario Liberación del Pueblo DHKP-C y del Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK), considerados "terroristas" por Estados Unidos y la Unión Europea (UE) el primero, y por la UE y Turquía el segundo.

La Cancillería turca aseguró que insistirán ante la Justicia griega para que "repatrien a los acusados", pese a que la decisión del Tribunal Supremo es inapelable. 

El tribunal aceptó los argumentos de la defensa que aseguró que en su país los militares no tienen garantizado un juicio justo y podrían ser objeto de tortura o incluso perder su vida.

Los fiscales había solicitado no extraditar a los militares, una postura que defendieron numerosos juristas en Grecia, así como asociaciones de defensa de los derechos humanos y un colectivo de víctimas de la tortura durante la dictadura griega.

Turquía exigió con insistencia la extradición de los ocho militares, un asunto que ha tensado las ya de por sí delicadas relaciones entre Atenas y Ankara, viciadas desde hace casi un siglo, cuando Grecia recibió la posesión de Esmirna en el reparto del Imperio Otomano posterior a la Primera Guerra Mundial.

Tercer Congreso Internacional de Estudios Urbanos

(27/01/17 - Universidades, UNQ)-.Se realizará en abril el Tercer Congreso Internacional de Estudios Urbanos. La presentación de resúmenes de ponencias cierra el 1 de febrero de 2017.

Con la finalidad de contribuir a reflexionar de manera rigurosa, fundamentada, interdisciplinaria y enfocada sobre la situación histórica y actual, de las condiciones de vida y habitabilidad de la ciudad y la vivienda, al tiempo que buscara explorar formas de reformular las políticas urbanas se realizará el 4 a 6 de abril de 2017 el 3° Congreso Internacional de Estudios Urbanos "Hábitat y Políticas de Vivienda en Argentina y América Latina" Urbared -Mundo Urbano.

Se convoca a la presentación de ponencias de académicos, investigadores y estudiantes de diversas universidades e instituciones académicas nacionales e internacionales, funcionarios públicos, representantes de la iniciativa privada, organismos gremiales, asociaciones sociales y civiles, que estudien o estén insertos con su actividad en los temas del Congreso.

El evento se concentra en la reunión e intercambio para enriquecer el análisis y conocimiento referido a la investigación y docencia y la formación de los estudiantes, también busca promover el intercambio de experiencias nacionales e internacionales y contribuir en los procesos de habitabilidad de la realidad social urbana y de viviendas.

Las jornadas de trabajo están divididas en seis ejes temáticos, los que están atravesados por los tópicos de sostenibilidad económica, social y ambiental; así como por las cuestiones relacionadas con las problemáticas de género, el multiculturalismo y los movimientos sociales.

Los trabajos deberán enviarse a congresoestudiosurbanos@gmail.com

• Plazo para la presentación de resúmenes de ponencias: 1 de febrero de 2017
• Respuesta de los resultados: 15 de febrero de 2017
• Plazo de envío de ponencias:  15 de marzo de 2017
• Realización del Seminario: del 4 a 6 de abril de 2017

Eje temático n°1: POLÍTICAS HABITACIONALES Y URBANAS. RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES Y GOBIERNO LOCAL. Coordinadores/as: Alicia Ziccardi (PUEC-UNAM), Carlos Fidel (CDT-UNQ), Daniel Cravacuore (CDT-UNQ), Soledad Arqueros (IGG-UBA) Y Romina Olejarczyk (IGG-UBA)

Eje temático n° 2: TERRITORIO, HABITAT y ECONOMÍA SOCIAL. Coordinadores/as:   Rodolfo Pastore (CDT-UNQ), y Graciela Susana Landriscini UNCo, Florencia  Rodriguez  (IGG-UBA) y Cecilia Zapata (IGG-UBA).

Eje temático n°3: HABITAT, POBREZA, DESIGUALDAD Y SEGREGACIÓN. Coordinadores/as: Daniela Soldano (ICO-UNGS), Beatriz Welhe (CDT-UNQ), Andes Scharager (IGG-UBA) y Mariano D. Perelman (IGG-UBA).

Eje temático n°4: CENTROS URBANOS: PATRIMONIO Y TURISMO. Coordinadores/as: Noemí Wallingre (CDT-UNQ), Alicia Novick (ICO-UNGS) y Marina Wertheimer (IGG-UBA).

Eje temático n°5: AMBIENTE Y CONFLICTOS AMBIENTALES URBANOS. Coordinadores/as: Cristina Carballo (CDT-UNQ),  Guido Galafassi (CDT-UNQ), Mariana  Schmidt (IGG-UBA) y  Soledad Fernández Bouzo (IGG-UBA).

Eje temático n°6: CIUDADES LATINOAMERICANAS: GENERO, CONFLICTOS Y SEGURIDAD CIUDADANA. Coordinadores/as: Cristina Cravino (ICO-UNGS), Andrés Barsky (ICO-UNGS), Cristina Farías (CDT-UNQ), Julia Ramos (IGG-UBA).y Esteban Khalil (IGG-UBA).

Según informe, 117 líderes sociales fueron asesinados durante 2016

(27/01/17 - Colombia)-.Más de un centenar de líderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia fueron asesinados durante el pasado año, revela un informe del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz).

El texto precisa que en 2016 se presentaron 117 homicidios contra activistas y luchadores por los derechos humanos, más de 350 amenazas, 46 atentados y 5 casos de desaparición forzada.

En el informe se destaca que más de la mitad de los hechos sucedieron en el sur occidente colombiano en los departamentos de Valle, Cauca y Nariño, donde fueron asesinados 57 líderes sociales, de los cuales 43 fueron en el Cauca, 9 en Nariño y 5 en el Valle.

Más allá de las cifras, el documento llama la atención sobre la importancia de analizar cada uno de los casos como un conjunto, no como hechos desligados uno del otro, puesto que “las situaciones de amenazas, los asesinatos, atentados, las diferentes modalidades de ataque a las comunidades, todo forma parte de una misma situación”, puntualiza Leonardo González, coordinador de la unidad investigativa de Indepaz.

González revela que una de las preocupaciones es que los homicidios cometidos contra líderes, han sido en el marco la primera fase del proceso de implementación de los acuerdos de paz.

El informe también advierte sobre “patrones comunes de amenaza” en 15 departamentos de Colombia: todas han sido a través de panfletos, “donde indican nombres de personas pertenecientes a organizaciones, líderes que son acusados de guerrilleros encubiertos, señalados y condenados a muerte o conminados a desalojar las regiones”.

Gonzáles señala que “hay una realidad dramática que tiene que ser atendida” y por ello se hace necesaria una voluntad de cambio representativa por parte de la sociedad colombiana.

Indepaz exhorta a se apliquen las medidas efectivas para “la protección del derecho a la vida”, pues actualmente más de 30 organizaciones son perseguidas de manera sistemática.

“Es un llamado para que el Estado reconozca el fenómeno paramilitar existente y que les garantice la vida a los líderes y defensores de derechos humanos”, refiere el Instituto.

El dato: En los últimos tres años han aumentado los crímenes de líderes sociales en Colombia. En 2014 se presentaron 78 asesinatos, mientras que en 2015 la cifra llegó a los 105 activistas sociales ultimados.