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(12/09/16 - Congreso de la Nación)-.El próximo martes en la Cámara de Diputados se llevará a cabo un plenario de las comisiones de Obras públicas y de Defensa del consumidor que buscarán avanzar en un dictamen que instrumente un nuevo marco normativo denominado “Criterios tarifarios diferenciales para la equidad federal y la protección social y laboral”.

“La iniciativa establece estándares mínimos de protección social y laboral con un criterio federal. Busca beneficiar a familias con vulnerabilidad, clubes, ong’s, pymes y pequeños comerciantes”, explicó el presidente del bloque Justicialista, Oscar Romero.

En tal sentido, el presidente de la comisión de Obras Públicas, el diputado del bloque Justicialista Sergio Ziliotto, sostuvo que “hemos trabajado varios proyectos de ley presentados por distintos bloques políticos y proponemos un dictamen que tenga como principal objetivo establecer parámetros básicos de protección del Estado en materia tarifaria para familias con vulnerabilidad, clubes de barrio, entidades de bien público, empresas recuperadas, Pymes y pequeños comerciantes”. “No estamos fijando precios para las tarifas dado que es un rol exclusivo del Poder Ejecutivo”, aclaró el Diputado.

Al respecto, el texto establece que la formulación de un registro único de beneficiarios de la tarifa social es una obligación irrenunciable e indelegable del Estado y un derecho ciudadano, por lo que su acceso no dependería de trámite alguno.

A su vez, se instrumenta un régimen de equidad tarifaria de carácter federal que obliga a tener en cuenta la realidad socioeconómica, las condiciones climáticas, el grado de desarrollo de sus economías y la disponibilidad energética con que cuenta cada provincia argentina.

“La regla básica es que las tarifas del resto del país no podrán ser superiores a las vigentes en la Ciudad de Buenos Aires”, manifestó el diputado Ziliotto, en alusión a que en la actualidad son hasta siete veces más altas.

Los servicios comprendidos en el dictamen propuesto son: energía eléctrica, gas natural y agua potable cuya provisión esté a cargo del Estado Nacional, por sí, o a través de concesiones a empresas públicas o privadas o a Estados provinciales.

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