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» » Informe del Gobierno Municipal y datos necesarios para reclamos monetarios por roturas de equipos

(23/06/15 - San Vicente)-.Es necesario aclarar que, además de los reclamos efectuados por los secretarios del Gabinete Municipal, especialmente por el secretario de Obras Públicas, Juan Carlos Núñez Arias, ante los directivos de EDESUR, el ENRE y el Ministerio de Planificación Federal de la Nación, respecto a los cortes continuos y la baja de tensión en el distrito, también se sumó el reclamo en forma directa del intendente Di Sabatino ante el Gerente Operativo de Mantenimiento de Redes de baja y Media Tensión, ingeniero Ruben Carnevalli y con el Director de Institucionales del ENRE, Daniel Ríos, para exteriorizar la preocupación del Gobierno Municipal por la situación planteada.

Ante el planteo, (consumo por la demanda propia de la época) los directivos mencionados explicaron que "la solución está en marcha con las obras que se encuentran en ejecución". Además explicaron que también existe un problema gremial que dificulta la rápida respuesta en algunos casos.

Ante este panorama, Di sabatino exigió la máxima colaboración posible en los tiempos de respuesta a todos los pedidos que se hacen desde el municipio en el momento mismo de la detección de los cortes y que, como sucedió hace algunos minutos se produzcan los comunicados informando la situación.

Teniendo en cuenta la situación actual, que no sólo es de San Vicente, sino de toda la región, el intendente Di Sabatino y el titular de Obras Públicas, se encuentran desde muy temprano realizando un mapeo de los lugares con cortes existentes para realizar los reclamos pertinentes en forma directa, en los lugares donde aún no se ha normalizado el sistema.

Ante los sucesivos cortes de energía eléctrica que está sufriendo todo el distrito de San Vicente, la empresa EDESUR, a requerimiento del Departamento Ejecutivo municipal, eleva el siguiente comunicado de prensa para conocimiento de toda la población

Daños en Artefactos
Requisitos indispensables para la apertura del reclamo en la OMIC
Señor Usuario

Deberá efectuar previamente el reclamo ante la Distribuidora Edesur.

Si no recibe una respuesta dentro de los 10 días hábiles administrativos o si la misma fuera desfavorable, podrá iniciar el reclamo ante la OMIC local, observando todos y cada uno de los siguientes requisitos:

1. Acreditar la presentación del reclamo ante la Distribuidora (Respuesta del reclamo).

2. Traer copia de la última factura de pago del servicio.

3. En caso de no ser titular del suministro, acreditar la condición de usuario.

4. Completar y firmar el Formulario de Reclamo de la OMIC.

5. Entregar presupuestos y/o facturas originales de reparación de los artefactos eléctricos dañados, emitidos a nombre del usuario reclamante, que deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Fecha en que se revisó o reparó el artefacto.

b) Detalle de las características de cada uno de los artefactos (marca, modelo, n° de serie, etc)

c) Descripción detallada de los componentes que fueron dañados en cada artefacto y las posibles causas.

d) El costo de cada uno de los componentes a reemplazar y/o reparar y la mano de obra, todo expresado en PESOS.

e) Datos de identificación del prestador del servicio (nombre, domicilio, teléfono, n° de CUIT, etc.).

f) En todos los casos los presupuestos deberán ser realizados en hoja membretada del Servicio Técnico, y deberán contar con la firma y sello o aclaración del técnico interviniente.
El deber de reparación sólo se extiende a la restitución de las cosas a la situación anterior al hecho generador. Cuando, por circunstancias excepcionales, los artefactos eléctricos no resulten reparables, además de los requisitos mencionados, deberá acompañar:

1. Un informe original, firmado y aclarado por el prestador del servicio de reparación, en el que detalle los componentes afectados y justifique técnicamente las causas que tornan imposible o inconveniente la reparación del artefacto.

2. Un presupuesto original de compra de un artefacto de características similares al dañado.
Hacemos saber a los usuarios que de acuerdo con el Art. 21 de la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor), los prestadores de servicios técnicos de reparación deberán extender presupuestos que contengan como mínimo lo siguiente:

a) Nombre, domicilio y otros datos de identificación del prestador del servicio.

b) La descripción del trabajo a realizar.

c) Una descripción detallada de los materiales a emplear.

d) Los precios de éstos y la mano de obra.

e) El tiempo en que se realizará el trabajo.

f) Si otorga o no garantía y en su caso, el alcance y duración de ésta.

g) El plazo para la aceptación del presupuesto.

h) Los números de inscripción en la Dirección General Impositiva y en el Sistema Previsional.

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