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» » Pidieron tres años y seis meses para dos celadores por la muerte de un joven en el Instituto Agote

(21/05/16 - Violencia Institucional)-.Los fiscales Cuñarro y Nebbia consideraron que los acusados no cumplieron con su responsabilidad de cuidarlo y que deben ser condenados como responsables del delito de "homicidio imprudente".

La fiscal a cargo de la Fiscalía General Nº 1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal, Mónica Cuñarro, y el fiscal ad hoc de la Procuraduría de Violencia Institucional, José Nebbia, solicitaron al Tribunal Oral Criminal N° 1 -integrado por Adolfo Huarte Petite, Martín Vázquez y Luis Salas- tres años y seis meses de prisión para Aldo Ramón Zerda y Ramón Antonio Quinteros, los celadores del Instituto Agote acusados del "homicidio imprudente" de Rodolfo Emanuel Arancibia, quien apareció ahorcado en la celda N° 5 del sector dormitorio en la madrugada del 6 de mayo de 2009. 

"La causa de la muerte de Rodolfo fue dicha por él mismo, en su carta de despedida a su mamá. Ahí, dijo 'nunca me escucharon'", concluyó Nebbia al cierre de su exposición.

Los representantes del MPF destacaron la relevancia de hacer visible el contexto de la víctima, la especial condición de niño privado de libertad y el estado de vulnerabilidad extrema de la que su historia de vida dio cuenta. Aludieron además a la desatención total por parte de los funcionarios de las cuantiosas alertas que anticipaban la situación de fragilidad a la que estuvo sometido el joven en su contexto de encierro, sumado a un grave problema de adicción, vulnerabilidad familiar y depresión, dados los múltiples eventos que la historia clínica (autolesiones, angustia, etc.) y los relatos de los compañeros de pabellón que señalaron situación de tristeza y angustia del joven Arancibia en los días precedentes al hecho.

Nebbia fue contundente sobre la responsabilidad de los celadores: "Zerda debió hacer la ronda con intervalos con la prudencia que exigía la delicada situación de vulnerabilidad de Rodolfo. No lo hizo. Quinteros debió controlar que esa ronda se hiciera acorde a las particularidades de Rodolfo. No lo hizo. Su deber era verificar que se haga y en su caso corregir. Incluso, desconfiar de Zerda, eso es controlar". El funcionario de la Procuvin recordó que "la 'ronda' es la conducta básica, mínima, que marca un piso inicial completamente exigible a Zerda y por relación funcional a Quinteros".

Los representantes del MPF consideraron que la muerte de Arancibia se encuadra en una grave violación a los derechos humanos que podría conllevar responsabilidades internacionales para el Estado argentino. Además, destacaron antecedentes como los casos Mendoza, Bulacio y Torres, entre otros y señalaron que es la primera vez que un hecho de estas características ocurrido en un instituto de menores llega a juicio.

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