Select Menu

Municipios

Latinoamerica

Sociedad

.

.

Argentina

.

Deportes

Internacionales

Cultura y Educación

» » Se aprobó el cupo laboral para la comunidad trans en Rosario

(21/05/16 - Derecho a la Identidad Sexual)-.Luego de semanas de debate en las comisiones de Gobierno y Derechos Humanos, los ediles acordaron una serie de modificaciones al proyecto inicial, presentado en julio de 2014, y así la propuesta fue aprobada por 20 votos a favor. Hubo tres ausencias y sólo se abstuvo el Pro, argumentando que la norma es “injusta e irresponsable” ya que en ese caso debería haber cupos para todas las “minorías”.

El proyecto de ordenanza fue aprobado en el recinto luego de recorrer dos comisiones del concejo donde se encontró con algunos impedimentos. El Artículo 6 de dicha ordenanza plantea la elaboración de un Registro de Personas trans que aspiren a obtener un empleo. Este registro estará a cargo del Concejo Asesor del Área de la Diversidad Sexual y contendrá: datos personales, estudios, antecedentes laborales y cursos de capacitación realizados. 

Este artículo fue el que mayores debates generó, dilatando así los consensos necesarios para su aprobación. En su propuesta inicial, los requisitos para solicitar un empleo exigían los antecedentes policiales y penales y esto provocó el rechazo de la comunidad trans así como también de varios ediles y organizaciones políticas quienes solicitaron una audiencia para avanzar en una propuesta superadora.

A pesar de algunas diferencias, que llegaron a saldarse a tiempo, el concejo municipal rosarino aportó un nuevo avance en la recuperación de derechos, y se suma a los ya conseguidos con la Ley de Derecho a la Identidad de Género y Matrimonio igualitario sancionadas a nivel nacional. Conlleva, al igual que éstas, un gran sentido de la sensibilidad ya que la comunidad travesti, transexual y transgénero de Argentina se encuentra entre las poblaciones del país más vulneradas históricamente. 

Es sabido que este colectivo vive una realidad atravesada por un contexto de persecución, exclusión y marginación, teniendo grandes dificultades para el acceso a la igualdad de oportunidades y de trato. La mayoría de ellos y ellas vive en extrema pobreza, privadas de los derechos económicos, políticos, sociales y culturales. Siendo expulsados desde niños de sus hogares y del ámbito escolar, quedando como única alternativa de subsistencia el ejercicio de la prostitución.

Según un informe municipal, en la ciudad de Rosario habita el 10% de la población trans de Argentina, entre 300 y 500 personas. En una encuesta se sostiene que el 92% de las encuestadas está o estuvo alguna vez en situación de prostitución. Según las edades de las encuestadas el 57% de las mujeres trans que ejercen o ejercieron tienen entre 30 y 50 años, mientras que el 31% tiene entre 18 y 30 años. Esta situación fue una de las pautas que motivó el debate en el recinto, entendiendo que es el Estado el garante del acceso a los derechos básicos de todos los ciudadanos, sin importar sus géneros.

La ordenanza recupera en su génesis la Declaración Socio-Laboral del Mercosur, del año 1998, donde se establece en el artículo 2° de los derechos individuales que: “Todo trabajador tiene garantizada la igualdad efectiva de derechos, tratamiento y oportunidad en el empleo y ocupación, sin distinción o exclusión por motivo de raza, origen nacional, color, sexo u orientación sexual, edad, credo, opinión política o sindical, ideológica, posición económica o cualquier otra condición social o familiar, en conformidad con la disposiciones legales vigentes”. 

“Los Estados Partes se comprometen a garantizar la vigencia de este principio de no discriminación. En particular, se comprometen a realizar acciones destinadas a eliminar la discriminación en lo que refiere a los grupos en situación desventajosa en el mercado de trabajo”, indica.

«
Siguiente
Entrada más reciente
»
Previo
Entrada antigua