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» » Rafecas se negó a reabrir la causa de Nisman contra CFK

(06/08/16 - Causa Nisman)-.Con un contundente fallo, el juez federal rechazó el pedido de la DAIA para retomar la acusación del fallecido fiscal contra la ex presidenta por presunto encubrimiento del atentado a la AMIA.

Daniel Rafecas desestimó reabrir la causa y así le asestó por segunda vez un revés a investigar a Cristina Fernández de Kirchner en la causa por supuesto encubrimiento de la explosión de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA). 

La Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) había solicitado que se reabra la denuncia presentada por el fallecido fiscal Alberto Nisman contra la ex mandataria. 

El magistrado evaluó que no hay nuevos elementos que permitan la reapertura de la denuncia presentada por Nisman en enero de 2015, por lo que rechazó también el pedido de la DAIA de constituirse como parte querellante.

La presentación de la entidad judía estaba basada en la grabación de una conversación telefónica en la que el ex canciller Héctor Timerman y el ex titular de la AMIA Guillermo Borger coincidían en la presunta responsabilidad de los iraníes en el atentado ocurrido en 1994 y en la declaración de inconstitucionalidad del memoranum de Entendimiento entre Argentina e Irán.

“Francamente entonces, no se advierte en qué esta conversación puede poner en jaque el sólido edificio fáctico y jurídico, que se evidencia en esta causa, consolidado en las tres instancias penales”, destacó el juez al recordar que su decisión de archivar la causa fue ratificada por la Cámara Federal y la Casación.

El magistrado también descartó un segundo elemento en que se basó la DAIA para pedir la reapertura: "Con relación al otro argumento, según el cual, el fallo de inconstitucionalidad del Pacto con Irán ha quedado firme, debo recordar aquí, que tanto en la resolución de desestimación de primera instancia, como –especialmente en la decisión del Superior, ha quedado bien en claro que la cuestión de la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán fue tenido muy en cuenta para desarrollar los argumentos tendientes a desechar la denuncia del Dr. Nisman y por lo tanto, el mero dato de que dicha inconstitucionalidad adquirió firmeza, no viene más que a reafirmar aquel los argumentos en tal sentido". 

"Las dos cuestiones que aquí viene a presentar la DAIA en su escrito, lejos de cambiar el parecer del suscripto en este asunto, lo refuerzan, pues en definitiva revelan una ausencia de reales elementos de prueba que vengan a poner en tela de juicio las afirmaciones antes desarrolladas”, afirmó Rafecas en su resolución.

La primera que Rafecas rechazó esta investigación fue meses después de la muerte del Nisman, cuando desestimó esa causa por falta de pruebas y fundamentos sólidos sobre un posible encubrimiento a través de la firma del memorándum con Irán, que por entonces estaba vigente pero que luego nunca se concretó.

"Sobre la base del análisis antes expuesto, sostuve que había quedado en claro, que ninguna de las dos hipótesis de delito sostenida por la Fiscalía en su requerimiento, se sostenían mínimamente, la primera (“Comisión de la Verdad”), porque el presunto delito nunca se cometió; y la segunda (baja de las “notificaciones rojas”), porque la evidencia reunida, lejos de sostener mínimamente la versión fiscal, la desmentía de un modo rotundo y lapidario, llevando también a la misma conclusión de la inexistencia de un delito", disparó Rafecas en su fallo. 

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