(20/02/16 - Política Represiva)-.A través del Consejo de Seguridad Interior, con la ministra Patricia Bullrich a la cabeza, el gobierno macrista hizo público un documento de diecisiete puntos denominado “Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas”.
Con la excusa de “evitar el caos de tránsito garantizando el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos”, el gobierno de Cambiemos hecha mano a un dispositivo que es una aspiración recurrente del poder, cumplida parcialmente por sus diferentes gobiernos: terminar con el ejercicio de la protesta mediante su criminalización.
Es además, un dispositivo ideológico que tiende a restringir las libertades públicas, al tiempo que consolida el proceso creciente de exclusión social, y estigmatiza y moldea la opinión pública, allanando el camino para que gobiernen en contra de las clases subalternas.
No se diferencia sustancialmente de otros intentos, como el del anterior gobierno, con el consenso de todos los partidos patronales, a partir del discurso presidencial de apertura de sesiones ordinarias en el Congreso el 1º de marzo de 2014. (Ver CORREPI Boletín Informativo nº 711).
La nota central del texto actual reside en la capacidad de fuego con la que habilita a las fuerzas represivas. Según informa el diario LA NACION, “La ministra de Seguridad indicó que los agentes no tendrán armas de fuego al momento de desalojar una manifestación programada”. No es muy difícil entender que el tratamiento para las manifestaciones “espontáneas” será bien diferente.
Porque, precisamente, el protocolo establece diferencias entre manifestaciones programadas y las que no lo son. Las primeras deberán comunicarse previamente, fijando recorrido y estarán sujetas a aprobación de la autoridad. Además, y aun estando autorizadas, si deciden levantarla, se concederán entre 5 y 10 minutos para hacerlo sin el uso de la fuerza. Cualquier otra manifestación no anunciada y autorizada, será considerada espontánea, y, como tal, disuelta sin ningún requisito ni intimación previa.
Se establece también un cerco perimetral para el trabajo de la prensa. Lisa y llanamente, es una restricción a ese trabajo, pero también importa una imposibilidad concreta de filmar y revelar prácticas represivas por fuera de los registros de las mismas fuerzas que las llevan a cabo.
La limitación a la prensa hubiera impedido, por ejemplo, la actuación determinante del fotógrafo independiente que retrató el paso a paso criminal de la policía de Duhalde contra Darío y Maxi el 26 de junio de 2002, o el de los periodistas que filmaron el ataque de la patota de Pedraza en octubre de 2010, que costara la vida al compañero Mariano Ferreyra. Recordemos que, entonces, la filmación policial omitió deliberadamente registrar las imágenes del ataque concreto, que, en cambio, los trabajadores de prensa aportaron.
A propósito de ello, y en una clara reedición del Proyecto X del anterior gobierno, se autoriza la filmación de las fuerzas represivas para ser utilizadas en sede judicial, sin establecer límites probatorios. De este modo, y considerando que en otro punto se vincula la protesta con la infracción a varios delitos del Código Penal (art. 183, daño; art. 194, corte de calles, etc.), se habilita la filmación de reuniones previas, o la identificación de los organizadores, con la excusa legal de prevenir o evitar la comisión de esos delitos
El Protocolo insiste con la necesidad de descabezar los movimientos, con el concreto requisito de identificar a quienes llama burdamente “líderes de la protesta”, e ingresa en el terreno de lo patético al considerar el uso de capucha como un elemento peligroso.
En esencia, más allá de sus particularidades y diferencias metodológicas, y hasta de su significancia jurídica, este instrumento del Poder Ejecutivo genera una atmósfera de intimidación, que solamente se corresponde con el diseño de una política ajena a los intereses de los trabajadores. Su finalidad es la aplicación arbitraria de los poderes represivos.
Criminalizar la protesta, devaluar el derecho a ejercerla, rebajando incluso su trascendencia al asimilarla al derecho al libre tránsito de las calles, importa propiciar un verdadero estado policíaco que la clase dominante necesita, porque se trata de enfrentar el peligro que para esa clase implica su ejercicio.
Niveles inflacionarios devastadores del bolsillo de los trabajadores y del pueblo, techo a las paritarias, tarifazos, despidos masivos, impuesto al salario, cortes de luz, persecución política y social, represiones varias, son la contracara de las enormes ganancias transferidas a los más ricos en los últimos dos meses.
Pero también constituyen motivos suficientes para salir a la calle, sin delegar ni esperar nada de la institucionalidad que ampara recurrentemente estas políticas. Lo saben los que hoy detentan la administración del Estado, por eso se reunieron sus gerentes en Bariloche y sacaron el protocolo.
La clase trabajadora debe tomar nota de esta amenaza concreta y disponerse a enfrentarla con redoblados esfuerzos organizativos para no dejar las calles. En este contexto, asumir la centralidad de la lucha antirrepresiva se torna indispensable.
*Por CORREPI
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