(07/03/16 - Lesa Humanidad)-.El máximo tribunal penal ratificó las penas a prisión perpetua resueltas en 2011 contra los militares y policías que participaron del procedimiento fraguado y anuló la absolución de uno de los efectivos que integraron el grupo que asesinó a 15 personas cerca de la localidad chaqueña.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer las condenas a nueve represores por la participación en la Masacre de Margarita Belén, cometida por un grupo de efectivos del Ejército Argentino y de la Policía de la Provincia del Chaco.
Por mayoría, los jueces Pedro R. David y Alejandro W. Slokar, con la disidencia parcial de la magistrada Ángela E. Ledesma, rechazaron los planteos de las defensas y ratificaron las penas prisión perpetua impuestas a Athos Gustavo Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Daniel Carnero Sabol, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ricardo Guillermo Reyes y Ernesto Jorge Simoni; y a 24 años de prisión para Norberto Raúl Tozzo. También, por mayoría, hicieron lugar al recurso de la Fiscalía y anularon la absolución dispuesta para el ex policía chaqueño Alfredo Luis Chas.
El tribunal consideró entonces probado que en la madrugada del 13 de diciembre de 1976, los uniformados llevaron a cabo un “falso traslado” de presos políticos desde una unidad penitenciaria del Chaco hacia Formosa. Durante el viaje, las víctimas sufrieron torturas y luego fueron fusiladas en un falso enfrentamiento: los militares adujeron públicamente que las muertes fueron el resultado de un tiroteo con una célula guerrillera que había intentado liberar a los detenidos.
En el caso de Tozzo, militar de inteligencia condenado a 24 años, el juez David con el voto de Slokar destacó que "el tribunal de juicio logró acreditar el dominio sobre los hechos que -junto a otros- poseyó Tozzo y, sobre este tópico, especificó que 'la consumación de un hecho con las características como el analizado, requería del concurso de personas con elevado grado de confianza y de idoneidad, para llevar satisfactoriamente a cabo la tarea encomendada, que no era la de consumar el traslado, sino la de consumar las muertes. Esto explica que la partida haya sido conformada sólo por oficiales y en escaso número, algunos de inteligencia e incluso extraídos de distintos destinos'".
El saldo del procedimiento fue de 11 asesinatos y cuatro desapariciones. Los cuerpos de nueve prisioneros -Luis Ángel Barco, Mario Cuevas, Luis Alberto Díaz, Carlos Alberto Duarte, Luis Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Néstor Carlos Salas, Patricio Blas Tierno y Carlos Alberto Zamudio- fueron encontrados, mientras que Julio Andrés Pereyra, Fernando Gabriel Piérola, Roberto Horacio Yedro y Reynaldo Zapata Soñez permanecen desaparecidos. Ema Beatriz Cabral y Alcides Bosch, también víctimas, fueron presentados por los militares como atacantes del convoy, cuando en realidad sus cuerpos fueron incorporados por los propios represores a la escena del crimen.
Entre junio de 2010 y mayo de 2011, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia llevó adelante el juicio oral cuya sentencia acaba de ser confirmada. Todos -menos Tozzo, que fue condenado en 2013 en otro juicio por los mismos hechos y cuya sentencia también fue confirmada ayer por Casación- fueron encontrados culpables por los delitos de homicidio agravado por alevosía y por el número de partícipes, en perjuicio de 11 víctimas, en concurso real entre sí y con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada.
El único absuelto en aquél juicio había sido Chas. En diciembre pasado, el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Raúl Pleé, y el fiscal general a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, Jorge Auat, habían reclamado que se revocara la absolución y se lo condenara a prisión perpetua, tal como acaba de resolver el máximo tribunal penal.
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